Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 186-I Sucre 8 de febrero de 2007
DISTRITO: Cochabamba
PARTES : Industrias de Aceite Sociedad Anónima (IASA) c/ Caleb Josías Morales Alvarado.
Cheque en descubierto.
A, 8 de febrero de 2007, Sucre.
VISTOS: El recurso de casación de fojas 231 a 234, interpuesto por Caleb Josías Morales Alvarado, impugnando el Auto de Vista de 15 de noviembre de 2006 que discurre de fojas 215 a 216, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal de acción privada seguido por Industrias de Aceite Sociedad Anónima (IASA), contra el recurrente, por el delito de cheque en descubierto, previsto y sancionado por el artículo 204 del Código Penal; y,
CONSIDERANDO: Que Caleb Josías Morales Alvarado, mediante el recurso de casación que sale de fs. 231 a 234, impugna el Auto de Vista de 15 de noviembre de 2006, sosteniendo en resumen que:
Gustavo Gastón Verduguez Orruel, apoderado de Industrias de Aceite S.A., no demostró plenamente su personería, elemento necesario para participar en el proceso como acusador particular conforme al Art. 23 de la Ley del Notariado, incumpliendo las previsiones de los Arts. 78-IV, 81-I y 375-I del Código de Procedimiento Penal y 1.311 del Código Civil, actos que constituyen, en su criterio, defectos procesales absolutos no susceptibles de convalidación.
Como motivos de anulación, refiere que el fallo impugnado, Auto de Vista recurrido, es contradictorio con el Auto de Vista de 4 de mayo de 2005 pronunciado por la misma Sala Penal, por el que se dispuso la revocación de la resolución del Juez de Sentencia sobre la prescripción de seis cheques, anulando con reposición de todo lo obrado hasta que se reinstale el juicio oral y prosiga el trámite de la causa.
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