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TSJ

AS/0188/2013

Tribunal Supremo de Justicia
5 de julio de 2013Penal IMag. Maritza Suntura Juaniquina
Proceso
violación agravada
Sala
Penal I
Año
2013

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Texto del fallo

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO Nº. 188/2013

Sucre, 5 de julio de 2013

EXPEDIENTE: Santa Cruz 132/2013

PARTES PROCESALES: Ministerio Público, Elisetty Muñoz Escalante contra Luis Felipe Muñoz Torrez

DELITO: violación agravada

VISTOS: El recurso de casación interpuesto por el imputado Luís Felipe Muñoz Torrez (fs. 1214 a 1216), impugnando el Auto de Vista Nro. 28 de 22 de abril de 2013, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz (fs. 1206 a 1210), en el proceso penal seguido por el Ministerio Público y Elisetty Muñoz Torrez (acusador particular) contra el recurrente por la presunta comisión del delito de violación de niño, niña o adolescente agravada, previsto y sancionado por el artículo 308 bis relacionado con el artículo 310 numerales 2, 3 y 4 del Código Penal.

CONSIDERANDO I: (Antecedentes del recurso de casación)

Que el recurso de referencia tuvo origen en los siguientes antecedentes:

Sustanciado el juicio, el Tribunal Sexto de Sentencia de la capital del departamento de Santa Cruz, dictó Sentencia absolutoria Nro. 23/2012 de 9 de noviembre, a favor del imputado Luís Felipe Muñoz Torrez, por el delito de violación agravada, previsto y sancionado por el artículo 308 bis con relación al 310 numerales 2, 3 y 4 del Código Penal, disponiendo la cesación de todas las medidas cautelares personales, sin costas y sin declaración de denuncia falsa o temeraria.

Dicha Sentencia fue recurrida en apelación restringida por el Ministerio Público (fs. 1.136 a 1.139) y por la acusadora particular (fs. 1.147 a 1.156), las que fueron declaradas admisibles y procedentes por Auto de Vista Nro. 28/2013 de 22 de abril, que anuló totalmente la Sentencia absolutoria y ordenó la reposición del juicio por otro Tribunal de Sentencia.

El Auto de Vista fue notificado en la oficina del abogado defensor de Luís Felipe Muñoz Torrez el 13 de mayo de 2013, mediante cédula, dando con ello origen al recurso que es motivo de examen, que fue presentado el 20 de mayo de 2013.

CONSIDERANDO II: (Motivos del recurso de casación)

Que el recurrente, bajo el epígrafe: “DE LA ERRÓNEA INTERPRETACIÓN DE LA LEY”, alega que el Tribunal de Alzada basó su análisis interpretativo de forma errónea, toda vez que la Sentencia se basó en pruebas que no fueron debidamente valoradas; que el Tribunal de Alzada valoró en forma parcializada la prueba, tomando en cuenta solamente la prueba de cargo, dejando de lado la prueba testifical, documental y pericial presentada por su persona, prueba que además ha generado la firme convicción de su inocencia en Sentencia.

Sostiene que es falsa la afirmación del Tribunal de Alzada, sobre la inobservancia de la Ley Adjetiva con relación a la valoración de la prueba, contrariamente, el recurrente afirma que la Sentencia absolutoria cumple con lo establecido por los artículos 124, 171 y 173 del Código de Procedimiento Penal; el impetrante, alega también que el Auto de Vista impugnado no se encuentra debidamente fundamentado, por lo que incumple la previsión contenida en el artículo 124 del Código de Procedimiento Penal, finalmente arguye que en alzada se omitió realizar el análisis integral de los elementos expuestos y desarrollados en el juicio oral, por lo que el Tribunal de Apelación, violó las normas del debido proceso, seguridad jurídica consagrados por la Constitución Política del Estado.

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público, Elisetty Muñoz Escalante
Demandado
Luis Felipe Muñoz Torrez
Proceso
violación agravada
Magistrado relator
Maritza Suntura Juaniquina

Descriptores

Derecho Penal / Derecho Procesal Penal / Recursos / Recurso de casación
Tribunal Supremo de Justicia5 de julio de 2013AS/0188/2013Fuente oficial