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TSJ

AS/0189/2012

Tribunal Supremo de Justicia
3 de agosto de 2012Penal LiquidadoraMag. Silvana Rojas Panoso
Proceso
Estelionato.
Sala
Penal Liquidadora
Año
2012

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Texto del fallo

SALA PENAL LIQUIDADORA

AUTO SUPREMO Nº: 189/2012. Fecha: Sucre 03 de agosto de 2012

Expediente: 181/2009

Distrito : La Paz

Partes: Ministerio Público y Carmelo Escobar Aliaga c/ Víctor Vallejos Vallejos.

Delito: Estelionato.

Recurso: Casación

_________________________________________________________________________

VISTOS:

El Recurso de Casación de 22 de noviembre de 2009presentado por Pacifico Mamani Quispe (fs. 1355 a 1356), impugnando la Resolución No. 43/2009 de 27 de octubre (fs. 1351 y vta.), pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal de acción pública seguido a instancias del Ministerio Público y Carmelo Escobar Aliaga contra Víctor Vallejos Vallejos, José Cándido Loayza, Víctor Hugo Quispe Tapia y Pacifico Mamani Quispe por la comisión del delito de Estelionato, previsto y sancionado por el art. 337 del Código Penal, el Requerimiento Fiscalde fs. 1567y1568, los antecedentes, y;

CONSIDERANDO I:(De los actos procesales). -

Que, de la revisión de los antecedentes y actuados cursantes en el cuaderno procesal venido en Casación se establece, que el proceso se sustanció en el Juzgado Tercero de Partido en lo Penal de la Capital del Distrito Judicial de La Paz:

I.1.- De la demanda de Calificación de la Responsabilidad Civil y su tramitación.-Que, en ejecución de la Sentencia No. 13/2001 de 23 de enero pronunciada por el Juzgado Quinto de Partido en lo Penal de la Capital del Distrito Judicial de La Paz, estando ejecutoriada la misma, Carmelo Escobar Aliaga, mediante memorial de 10 de agosto de 2004, solicitó Calificación de la Responsabilidad Civil emergente de la comisión del delito de Estelionato previsto y sancionado por el art. 337 del Código Penal(fs. 1183); admitida la demanda por Resolución de 11 de agosto de 2004 se señaló audiencia pública de calificación de Responsabilidad Civil (fs. 1183 vta.), celebrada la misma el 08 de enero de 2008(fs. 1263 y vta.) en cuyo desarrollo el abogado de los demandados opuso excepción de transacción ordenándose sea formalizada por escrito, lo que fue cumplido a fs. 1269, re-aperturada la audiencia se consideró la excepción y se recepcionó todo el material probatorio ofrecido por la partes, ordenando el Juez dela causa que las partes presentes sus conclusiones, con lo que se suspendió la audiencia, actuado de las partes que corre a fs. 1318 y 1319- 1326 y vta.

I.2.De la Sentencia.- Que mediante Sentencia No. 80/2008 de 09 de diciembre de 2008 el Juez Tercero de Partido en lo Penal de la Capital del Distrito Judicial de La Paz calificó el Daño Civil en favor de Carmelo Escobar Aliaga en la suma de $us. 21400.- que deben pagar los demandados Víctor Vallejos Vallejos, José Cándido Loayza, Víctor Hugo Quispe Tapia y Pacifico Mamani Quispe (fs. 1338 y vta.).

I.3.Del Recurso de Apelación.-Mediante memorial de fs. 1343 Víctor Vallejos Vallejos, Pacifico Mamani Quispe y José Cándido Loayza, presentaron Recurso de Apelación contra la Resolución No. 08/2008 de 09 de diciembre, alegando que el Juez de la causa en la Resolución recurrida no tomó en cuenta el acuerdo transaccional suscrito el 24 de noviembre de 2004 con el demandante Carmelo Escobar Aliaga, acuerdo que fue presentados por ambas partes y que ellos solicitaron su homologación que no fue atendida por el Juez Ad-quo, a la firma de dicho acuerdo se le entregó al demandante la suma de $us. 20000.- de los cuales $us. 8000.- corresponden al Certificado de Aportación y $us. 12000.- restantes como resarcimiento del civil, que el demandante declaró recibir a su conformidad, por lo que el daño civil fue resarcido oportunamente, pero que maliciosamente Carmelo Escobar Aliaga maliciosamente no firmó el desistimiento en favor de los cinco procesados.

I.4.Del Auto de Vista.-Radicada la causa en la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, mediante Auto de Vista 43/2009 de 27 de octubre declaró improcedente el Recurso interpuesto por Víctor Vallejos Vallejos, José Cándido Loayza, Víctor Hugo Quispe Tapia y Pacífico Mamani Quispe. En consecuencia confirmó la Resolución No. 80/2008 de 09 de diciembre cursante a fs. 1338 y vta., con la siguiente modificación referida al monto de $us. 13000.-

CONSIDERANDO II: (De los motivos y argumentos del Recurso de Casación).-

Por memorial de fs. 1355 y 1356 Pacífico Mamani Quispe, Víctor Hugo Quispe Tapia presentaron Recurso de Casación contra el Auto de Vista No. 43/2009 de 27 de octubre, argumentando:

1.- Que, al dictarse el fallo recurrido se pasó por alto los argumentos del recurso de alzada, donde sostuvieron y solicitaron el valor y suscripción del documento trasnacional y del que solicitaron su homologación, en que se acredito que ya se cubrió el resarcimiento del daño civil oportunamente y que maliciosamente Marcelo Escobar Aliaga no firmó el desistimiento a su favor.

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público y Carmelo Escobar Aliaga
Demandado
Víctor Vallejos Vallejos.
Proceso
Estelionato.
Magistrado relator
Silvana Rojas Panoso
Tribunal Supremo de Justicia3 de agosto de 2012AS/0189/2012Fuente oficial