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TSJReiteradora

AS/0196/2021

Tribunal Supremo de Justicia
16 de marzo de 2021Social 2da

Máxima

RESTITUCIÓN DE GASTOS DE SALUD/ En los lugares donde la Caja no disponga de servicios sanitarios propios o contratados, ésta podrá autorizar al asegurado el…

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Resumen del caso

Derecho de la Seguridad Social / Corto Plazo / Salud / Reembolso de gastos médicos por atención externa / Procede

La institución recurrente acusó la violación del art. 2 del Decreto Ley 10173, ya que el último párrafo faculta a las Cajas denominadas Gestores, a delegar la administración y gestión del Seguro Social bajo responsabilidad absoluta de la institución delegada y dentro las cotizaciones establecidas y …

Proceso
proceso coactivo social

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA

ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y

ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 196/2021

Sucre, 16 de marzo de 2021

Expediente: SC-CA.SAII-CBBA. 37/2021

Distrito: Cochabamba

Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez

VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 504 a 510, interpuesto por la Cooperativa de Telecomunicaciones Cochabamba RL. (COMTECO RL.), representada legalmente por Luis Armando Lujan Zuazo y Silvia Soliz Cordero, contra el Auto de Vista 026/2020 de 13 de marzo, de fs. 480 a 488, pronunciado por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso coactivo social seguido por la Caja Nacional de Salud contra la entidad recurrente, el memorial de contestación de fs. 513 a 515, el auto de 18 de diciembre de 2020 de fs. 526, que concedió el recurso, el Auto 37/2021-A de 20 de enero, de fs. 533 y vta., que admitió el recurso, los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO I.

I.1.Antecedentes del proceso.

La Caja Nacional de Salud (CNS) a través de su representante, en su escrito cursante de fs. 42 a 43 vta., señala que la Unidad de Inspección de Empresas de la CNS, realizó la fiscalización de la gestión 2011, con el objetivo de verificar el correcto manejo de fondos destinados a las prestaciones de corto plazo y si éstos contienen el sustento necesario a disposiciones legales. En ese mérito, se elaboró el informe 334-997/2016 de 30 de noviembre, que determinó que existe un superávit a favor de la CNS que asciende a Bs 1.635.557,56.-, girándose la Nota de Aviso haciendo conocer a COMTECO LTDA., y no habiendo cancelado en el plazo establecido en el art. 25 del Reglamento del Seguro Delegado se procedió a girar la Nota de Cargo 234-002/2017 de 18 de enero, e interpone la demanda coactiva fiscal solicitando se dicte el Auto de Solvendo, ordenando al demandado cancele el monto citado precedentemente.

I.1.1. Auto definitivo

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Datos del proceso

Demandante
Caja Nacional de Salud
Demandado
Cooperativa de Telecomunicaciones Cochabamba RL. (COMTECO RL.),
Proceso
proceso coactivo social
Magistrado relator
Carlos Alberto Egüez Añez
Tribunal Supremo de Justicia16 de marzo de 2021AS/0196/2021Fuente oficial