Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA I
AUTO SUPREMO No. 199-Social Sucre, 10 de septiembre de 2001.
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES: Enrique Zambrana Acosta c/ Prefectura del Departamento de Santa Cruz.
RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 42-43, interpuesto por Miguel Angel Feeney Parada, Representante legal de la Prefectura del Departamento de Santa Cruz, contra el Auto de Vista de fs. 40-40 vlta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso social seguido por Enrique Zambrana Acosta, contra la Prefectura de Santa Cruz; los antecedentes del proceso, dictamen del Señor Fiscal de Sala Suprema de fs. 48 y,
CONSIDERANDO: Que, planteada la demanda social de fs. 4-4 vlta.,la causa es tramitada conforme a ley por el Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, quien pronunció sentencia de fs. 23-23 vlta., declarando probada la demanda social. En grado de apelación la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial correspondiente, pronunció el Auto de Vista saliente a fs. 40-41, por el que se confirma la sentencia apelada, resolución que motivó el recurso de casación que se analiza.
CONSIDERANDO: Que el recurso de casación o nulidad interpuesto por Enrique Zambrana Acosta omite en absoluto el señalar la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente por el ad quem, en un memorial escueto practica un simple alegato, pero sin precisar las infracciones incurridas por el Tribunal recurrido, desnaturalizando el recurso planteado.
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