Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 203/2021
Sucre, 16 de marzo de 2020
Expediente: SC-CA.SAII- SCZ. 30/2021
Distrito: Santa Cruz
Magistrado Relator: Abg. Ricardo Torres Echalar.
VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 461 a 481, interpuesto por Bladimir Pablo Carrasco Quintana en representación de Shell Bolivia Corporación - Sucursal Bolivia, impugnando el Auto de Vista Nº 67/2020 de 5 de noviembre, de fs. 426 a 431 y Auto Complementario Nº 18 de 24 de noviembre 2020, pronunciados por la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso social de reincorporación, seguido por John Dee Smith IV contra la entidad recurrente, la respuesta de contrario de fs. 484 a 487, el Auto Nº 69/2020 de 30 de diciembre, de fs. 488, que concedió el recurso y Auto N° 30/2021 - A de 19 de enero, de fs. 496 y vta., que admite el recurso de casación, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso
I.1.1 Sentencia
Que, tramitado el proceso de referencia, la Juez Primera de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, emitió la Sentencia Nº 34 de 7 de octubre de 2019, de fs. 185 a 191, que declaró PROBADA la demanda principal de fs. 30 a 32 vta., por haberse probado la relación laboral, el despido injustificado, por lo que ordena que a tercero día de su legal notificación reincorpore al demandante JOHN DEE SMITH IV a su puesto de trabajo.
I.1.2 Auto de Vista
En grado de apelación, deducida por la parte demandada de fs. 391 a 408 vta., Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista 67/2020 de 5 de noviembre, de fs. 426 a 431, CONFIRMA la sentencia apelada.
Habiendo tomado conocimiento de la referida resolución, la empresa demandada mediante memorial de fs. 435 a fs. 436 vta., solicitó aclaración, enmienda y complementación, petición que fue denegada por Auto Nº 18 de 24 de noviembre de 2020, de fs. 437 y vta.
I.2. Motivos del recurso de casación
El referido auto de vista, motivó a la parte demandada a la interposición del recurso de casación de fs. 438 a 457 vta., ratificado a fs. 461 a 481, cuyos argumentos se sintetizan a continuación:
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