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TSJ

AS/0204/2023-RA

Tribunal Supremo de Justicia
14 de marzo de 2023Civil
Proceso
Nulidad por simulación absoluta
Sala
Civil
Año
2023

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 204/2023-RA

Fecha: 14 de marzo de 2023

Expediente: CH-25-23-S.

Partes: Rodrigo Flores Caballero c/ Norah Párraga Plaza Vda. de Flores.

Proceso: Nulidad por simulación absoluta.

Distrito: Chuquisaca.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 1578 a 1587 vta., interpuesto por Norah Párraga Plaza Vda. de Flores contra el Auto de Vista N° 009/2023 de 09 de enero, obrante de fs. 1556 a 1563 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro el proceso de nulidad por simulación absoluta seguido por Rodrigo Flores Caballero contra la recurrente; la contestación saliente de fs. 1655 a 1660 vta.; el Auto de concesión de 23 de febrero de 2023 cursante a fs. 1661; todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Por memorial de demanda visible de fs. 593 a 600 vta., subsanado de fs. 606 a 607 vta., 613 y vta., Rodrigo Flores Caballero inició proceso ordinario de nulidad por simulación absoluta contra Norah Párraga Plaza Vda. de Flores, quien una vez citada, mediante memorial cursante de fs. 1022 a 1031 vta., contestó negativamente a la demanda y opuso excepción de falta de legitimación o interés legítimo; desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia N° 146/2022 de 13 de octubre corriente de fs. 1512 a 1523 vta., donde la Juez Público Civil y Comercial 14° de la ciudad de Sucre, declaró IMPROBADA la demanda principal.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Rodrigo Flores Caballero mediante memorial cursante de fs. 1526 a 1537, originó que la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emita el Auto de Vista N° 009/2023 de 09 de enero, obrante de fs. 1556 a 1563 vta., REVOCANDO parcialmente la Sentencia apelada.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Norah Párraga Plaza Vda. de Flores según escrito visible de fs. 1578 a 1587 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado establece el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida, sino también la legalidad de esta; empero, no se debe dejar de lado el hecho que este principio en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, para su viabilidad o procedencia debe reunir ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico; en ese entendido y conforme la Ley N° 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación considerar los requisitos de admisibilidad que todo recurso de casación debe contener, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 con relación a los arts. 271, 272, 273 y 274 de la mencionada ley.

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Datos del proceso

Demandante
Rodrigo Flores Caballero
Demandado
Norah Párraga Plaza Vda. de Flores
Proceso
Nulidad por simulación absoluta
Tribunal Supremo de Justicia14 de marzo de 2023AS/0204/2023-RAFuente oficial