Texto del fallo
SALA PENAL SEGUNDA
Auto Supremo Nº 206 Sucre, 25 de junio de 2010
Expediente: Oruro 25/04
Partes: Ministerio Público c/ Jaime Zenón José Roberto Pers Montalvo, Walfre Beltrán Quiroz, Rigoberto Policarpio Cáceres Ramírez, Máximo Illanes Escobar y otro.
Delito: Homicidio.
Ministro Relator: Ramiro José Guerrero Peñaranda
VISTOS: los recursos de casación y nulidad interpuestos por los procesados Jaime Zenón José Roberto Pers Montalvo (fojas 2029 a 2034), Walfre Beltrán Quiroz (fojas 2037), Rigoberto Policarpio Cáceres Ramírez (fojas 2040) impugnando todos el Auto de Vista de 18 de febrero de 2004 (fojas 2023), emitido por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, en el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra ellos y contra Máximo Illanes Escobar y Carlos Luna Camacho por la comisión de los delitos tipificados en los artículos 145, 150, y 158 del Código Penal.
CONSIDERANDO: que el indicado caso de autos tuvo su origen en el informe en conclusiones remitida al Fiscal General de la República por parte del Presidente de la Honorable Cámara de Diputados el 15 de abril de 1998, derivado este a la Fiscalía de Distrito de Oruro (fojas 3), el Fiscal requiere la investigación contra Walfre Beltrán Quiróz, Máximo Illanes Escobar, Rigoberto Policarpio Cáceres Ramírez, Jaime Zenón José Roberto Pers Montalvo y Carlos Luna Camacho por haberse encontrado responsabilidad penal en la adjudicación y construcción de la obra "Proyecto vial integración caminera circunvalación Oruro-construcción de obras de arte" en octubre de 1997, se organiza la Instrucción Penal el 7 de mayo de 1998 en contra de los encausados, dictándose Auto de Procesamiento.
Que al término de la fase del plenario el Juzgado de Partido en lo Penal Liquidador Nº 1 de la ciudad de Oruro, emitió sentencia el 18 de agosto de 2003 (fojas 1933 a 1944) declarando a Walfre Beltrán Quiroz, Máximo Illanes Escobar, Rigoberto Policarpio Cáceres Ramírez y Jaime Zenón José Roberto Pers Montalvo autores de los delitos endilgados y a Carlos Luna Camacho absuelto de culpa y pena.
Que los procesados condenados por su turno, en uso de su derecho interpusieron recursos de apelación contra dicha sentencia, que fueron resueltos por Auto de Vista 18/2004 de 18 de febrero de 2004 (fojas 2023) emitido por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, que anuló obrados hasta fojas 1933 inclusive, hasta que se emita una nueva sentencia, y
CONSIDERANDO: que el procesado Jaime Zenón José Roberto Pers Montalvo recurrió de casación impugnando el Auto de Vista recurrido, invocando que el mismo ha resuelto solo en la forma y no en el fondo, infracción de la ley en la declaración de un ciudadano sin abogado, por falta de un testigo o abogado que afirme que el procesado Walfre Beltrán se rehusó a firmar, debe anularse hasta fojas 110 inclusive.
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