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TSJ

AS/0208/2009

Tribunal Supremo de Justicia
9 de marzo de 2009Penal IIMag. Rita Susana Nava Duran
Proceso
Robo agravado
Sala
Penal II
Año
2009

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Texto del fallo

SALA PENAL SEGUNDA

Auto Supremo: Nº 208 Sucre, 09 de marzo de 2009

Expediente: Santa Cruz 191/07

Partes: Ministerio Público c/ Jesús Montero Pérez

Delito: Robo agravado

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VISTOS: el recurso de casación (fojas 72 a 73 vuelta), interpuesto el 11 de octubre de 2007 por Jesús Montero Pérez impugnando el Auto de Vista número 104/2007 emitido el 5 de septiembre de 2007 (fojas 63 a 64 vuelta) por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz en el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente por el delito de robo agravado.

CONSIDERANDO: que el recurso de casación de fojas 72 a 73 vuelta, deducido por Jesús Montero Pérez, tuvo su origen en el Auto de Vista número 104/2007 de 5 de septiembre de 2007, cursante a fojas 63 a 64 vuelta dictado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz que declaró improcedentes las cuestiones planteadas en el recurso de apelación restringida que corre a fojas 52 a 54 y confirmó la Resolución número 24/2007 de 23 de mayo de 2007 (fojas 41 a 47) dictada por el Tribunal Primero de Sentencia de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, por la que declaró a Jesús Montero Pérez autor del delito de robo agravado, sancionado por el artículo 332 numerales 1) y 2) del Código Penal imponiéndole la pena de 10 años de reclusión a cumplir en la cárcel pública de Palmasola y al pago de costas a favor del Estado.

En el recurso el imputado, alegó:

Que en la apelación restringida cuestionó la errónea aplicación de la ley al valorar las pruebas signadas con los números 6 y 7, las que considera que no fueron obtenidas lícitamente, por lo que cree que debieron ser excluidas según los artículos 123 y 172 del Código de Procedimiento Penal, con ello se vulneró a su vez los artículos 23 inciso 1) de la Constitución Política del Estado, 370 inciso 1) y 169 numeral 3) del Código de Procedimiento Penal.

Asimismo afirmó que el fallo apelado no hubiera resuelto los puntos señalados en la apelación restringida; considerando también que las pruebas 2 y 4 son ilícitas las que no le corrieron en traslado, ya que si bien se lo notificó mencionando las pruebas, ello a su parecer no garantiza el derecho de defensa e infringe el debido proceso.

Invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos números 513/2006, 398/2001, 417/2003 y 73/2004 de 10 de febrero de 2004 y la Sentencia Constitucional número 1480/200 (señalando erróneamente el "año 200", cuando el Tribunal Constitucional, recién ejerció jurisdicción desde la publicación de la Ley Nº 1836 de uno de abril de 1998).

CONSIDERANDO: que de los datos procesales que informan esta causa y de los precedentes citados como contradictorios al presente proceso, se establecen las siguientes conclusiones:

1.- El Auto Supremo número 513/2006 de 16 de noviembre de 2006, sobre el delito de estelionato, comprende un recurso de casación infundado, por lo tanto el fallo de mérito no contradice al caso de autos.

Los Autos Supremos números 73/2004 de 10 de febrero 2004, 417/2003 de 19 de agosto de 2003 y 398/2001 de 21 de junio, versan sobre los delitos de despojo, transporte de sustancias controladas y asesinato, respectivamente, tipos penales y hechos fácticos que son diferentes, consecuentemente no es posible establecer ninguna contradicción con el Auto de Vista impugnado.

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Criterio

Si bien acompañó y citó precedentes contradictorios en su recurso, empero no identificó la presunta contradicción entre el fallo recurrido y las resoluciones judiciales emitidas sobre el tema, por lo tanto al no ser posible establecer ninguna contradicción, con el Auto de Vista impugnado

Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
Jesús Montero Pérez
Proceso
Robo agravado
Magistrado relator
Rita Susana Nava Duran

Descriptores

Derecho Penal / Derecho Procesal Penal / Recursos / Recurso de casación / Etapa de admisión / Inadmisibilidad
Tribunal Supremo de Justicia9 de marzo de 2009AS/0208/2009Fuente oficial