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TSJ

AS/0211/2018

Tribunal Supremo de Justicia
26 de marzo de 2018PenalMag. Edwin Aguayo Arando
Proceso
Incumplimiento de Deberes
Sala
Penal
Año
2018

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA PENAL

AUTO SUPREMO Nº 211/2018

Sucre, 26 de marzo de 2018

Expediente : Santa Cruz 153/2017

Partes Acusadora : Ministerio Público y otro

Parte Imputada : Germán Villca Condori y otros

Delitos : Incumplimiento de Deberes

RESULTANDO

VISTOS: La excusa del Presidente de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, los antecedentes y:

CONSIDERANDO: Que, el Magistrado Olvis Eguez Oliva Presidente de la Sala Penal de este Alto Tribunal, mediante nota presentada a fs. 1791, se excusó del conocimiento de la presente causa, invocando el art. 316 inc. 1) del Código Procesal Penal (CPP), con el argumento que, dentro del presente proceso fue asignado como Fiscal de Materia para la persecución penal contra los ahora sentenciados.

CONSIDERANDO: Que, de la normativa vigente y los antecedentes del proceso, se llega a la siguiente conclusión:

Que el art. 120.I de la Constitución Política del Estado (CPE), establece como una garantía jurisdiccional el que: “Toda persona tiene derecho a ser oída por una autoridad jurisdiccional competente, independiente e imparcial…”; bajo esta premisa debe considerarse que el art. 318 del CPP, impone a la autoridad jurisdiccional, la obligación de excusarse cuando se encuentre bajo alguna de las causales establecidas en el art. 316 de la referida norma adjetiva penal, dado que estas hacen entrever que el elemento de imparcialidad que compone el Juez natural, se encuentra en tela de duda y su fin es resguardar los derechos y garantías constitucionales de las partes.

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Datos del proceso

Demandante
la excusa y sus fundamentos, resulta evidente que el Dr. Olvis Eguez Oliva ya emitió criterio sobre la inocencia y/o culpabilidad de los ahora imputados, al haberse constituido como parte acusadora en representación del Ministerio Público dentro proceso seguido contra Germán Villca Condori, Miqueas Baron Moraci, José Percy Justiniano Ribera y otros, por los delitos de Incumplimiento de Deberes, Malversación, Contratos Lesivos al Estado, Conducta Antieconómica, y Favorecimiento al Enriquecimiento Ilícito.
Demandado
Germán Villca Condori y otros
Proceso
Incumplimiento de Deberes
Magistrado relator
Edwin Aguayo Arando
Tribunal Supremo de Justicia26 de marzo de 2018AS/0211/2018Fuente oficial