Volver a sentencias
TSJ

AS/0212/2018-RA

Tribunal Supremo de Justicia
4 de abril de 2018CivilMag. Marco Ernesto Jaimes Molina
Proceso
Cumplimiento de obligación y otro.
Sala
Civil
Año
2018

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 212/2018-RA

Sucre: 04 de abril de 2018

Expediente: LP – 31 -18 – S

Partes: Edwin Erick Orihuela Oblitas. c/ Empresa Pío Rico representado por

Juan Carlos Torrico Delgadillo

Proceso: Cumplimiento de obligación y otro.

Distrito: La Paz.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 257 a 263, interpuesto por Juan Carlos Torrico Delgadillo en calidad de Gerente General de la Empresa Pío Rico S.R.L. contra el Auto de Vista Nº 12/2018 de fecha 18 de enero, cursante de fs. 240 a 241 vta., pronunciado por la Sala Civil Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso de cumplimiento de obligación y otros, seguido por Edwin Erick Orihuela Oblitas contra la entidad recurrente, la concesión de fs. 268 y todo lo inherente:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

Tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 659/2015 de fecha 8 de diciembre, cursante de fs. 187 a 189, que declara PROBADA la demanda sobre cumplimiento de obligación más pago de daños. Resolución de primera instancia que al ser apelada por la entidad recurrente, fue resuelto por Auto de Vista Nº12/2018 de fecha 18 de enero, cursante de fs. 240 a 241 vta., que confirma la Sentencia; fallo que a su vez fue recurrido de casación por el demandado, que es objeto de análisis de la presente resolución en relación a los requisitos de admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN:

Conforme a lo previsto en el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales y ante la vigencia plena del Código Procesal Civil (Ley Nº 439), en el marco del art. 277 del Código Procesal Civil, se pasa a considerar los requisitos de admisibilidad previstos en el art. 274 de la mencionada norma procesal, conforme a lo siguientes puntos:

II.1. Del plazo de presentación y de la resolución recurrible.

Mostrando 17 de 33 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Sentencias completas del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Edwin Erick Orihuela Oblitas.
Demandado
Empresa Pío Rico representado por
Proceso
Cumplimiento de obligación y otro.
Magistrado relator
Marco Ernesto Jaimes Molina
Tribunal Supremo de Justicia4 de abril de 2018AS/0212/2018-RAFuente oficial