Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA I
AUTO SUPREMO No. 213-Social Sucre, 01 de octubre de 2001.
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES: Boris Altemar Justiniano Suárez c/ Roberto Espinoza Crespo.
RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 63, interpuesto por Boris Altemar Justiniano Suárez, contra el Auto de Vista de fs. 60, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso social seguido por el recurrente, contra Roberto Espinoza Crespo; los antecedentes del proceso, dictamen del Señor Fiscal de Sala Suprema de fs. 67 y,
CONSIDERANDO: Que, planteada la demanda social de fs. 8 la causa es tramitada conforme a ley por el Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de Santa Cruz, pronunciándose sentencia saliente a fs. 47, declarando improbada la demanda social. En grado de apelación la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial correspondiente, pronuncia el Auto de Vista saliente a fs. 60, por el que confirma la sentencia apelada, resolución que motivó el recurso de casación que se analiza.
CONSIDERANDO: Que el recurso de casación interpuesto por Boris Altemar Justiniano S. omite dar cumplimiento a los presupuestos exigidos por el inc. 2) del art. 258 del Código de Procedimiento Civil, al no señalar de manera clara concreta y precisa en qué consiste la violación, falsedad o error contenido en el Auto de Vista recurrido, limitándose a practicar una relación del expediente, citando algún articulado supuestamente violado, empero sin precisar las infracciones incurridas por el Tribunal Ad quem.
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