Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 213/2013
Sucre: 26 de abril 2013
Expediente: CH-22-13-A
Partes: Ruth Loayza Salinas. c/ Presuntos herederos de Norah Gambarte Proceso: Usucapión Decenal
Distrito: Chuquisaca
VISTOS: El recurso de casación en la forma interpuesto por Ruth Loayza Salinas por intermedio de sus apoderados David Aramayo Carballo y Antonio José Hassenteufel Salazar de fs. 136 a 138, impugnando el Auto de Vista No. 71/2013 de fecha 13 de febrero de 2013, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso de Usucapión Decenal seguido por Ruth Loayza Salinas contra Presuntos herederos de Norah Gambarte, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que, iniciada la causa y opuesta el incidente de nulidad de obrados, la Juez de Partido 1ro. De Partido Civil, Familia, Niñez y Adolescencia, Penal, del Trabajo y Seguridad Social de Monteagudo, Provincia Hernando Siles del Departamento de Chuquisaca, en suplencia del Juzgado de Partido 2do. De Partido Civil, Familia, Niñez y Adolescencia, Penal, del Trabajo y Seguridad Social, emitió la Resolución de fecha 17 de octubre de 2012, cursante de fs. 100 a 102 vlta., RECHAZANDO el incidente de nulidad de obrados interpuesto de fs. 92 a 93 subsanada de fs. 95, interpuesto por los apoderados de Nicolasa Concepción García de Ayala, por no existir vicios en la publicación del edicto de ley.
Recurrida la Resolución mediante reposición con alternativa de apelación por Nicolasa Concepción García de Ayala por intermedio de sus apoderados de fs. 111 a 113, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, mediante Auto de Vista No. 71/2013 de fecha 13 de febrero de 2013, cursante a fojas 132 y vlta., anula el Auto de fs. 121 y vlta. (de rechazo de reposición y concesión de recurso en el efecto suspensivo a la apelación alternativa) y declara ejecutoriado el Auto de fs. 100 a 102 vlta., de obrados.
Resolución que dio lugar al recurso de casación en la forma interpuesto por parte de David Aramayo Carballo y Antonio José Hassenteufel Salazar por su mandante Nicolasa Concepción García de Ayala, que se analiza.
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
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