Volver a sentencias
TSJReiteradora

AS/0213/2020

Tribunal Supremo de Justicia
20 de marzo de 2020Social 1era

Máxima

NULIDAD DE OBRADOS/El no motivar una resolución, impide a las partes conocer las razones que sustentan el fallo, debiendo ser lógicas y…

Criterio completo, sentencias y PDF oficiales.

Pixi Lector · Bs. 20/mes

Desbloquear criterio completo

¿Ya tienes acceso? Inicia sesión

Resumen del caso

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Elementos comunes de procedimiento / Nulidades / Procede

El recurrente solicitó la nulidad de obrados, en atención a la existencia de defectos absolutos en la emisión del Auto de Vista Nº 676/2019, señalando que el Tribunal de segunda instancia, sin ingresar al análisis y resolución de fondo del recurso de apelación, dispuso desestimar su recurso, argumen…

Proceso
Pago de Beneficios Sociales

Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 213

Sucre, 20 de marzo de 2020

Expediente: 451/2019-S

Demandante: Elías Oliver Andrade Saavedra

Demandado: Empresa Constructora “Santa Fe” Ltda.

Proceso: Pago de Beneficios Sociales

Departamento: Chuquisaca

Magistrado Relator: Lic. Esteban Miranda Terán.

VISTOS: Los recursos de casación de fs. 326 a 328 y de fs. 330 a 334, interpuestos por una parte por Marco Antonio Soliz Rodríguez, en representación de la empresa constructora “Santa Fe” Ltda.; y por otra por Miguel Ángel Bautista Veliz y Chedo Pablo Moreno Condorcett, en representación del demandante Elías Oliver Andrade Saavedra, contra el Auto de Vista Nº 676/2019 de 11 de septiembre, de fs. 320 a 323, emitido por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso laboral de pago de beneficios sociales sustentada por los recurrentes; el Auto Nº 796/2019 de 29 de octubre de fs. 337 vta., por el que se concedió los recursos, el de fs. 344 a 345, que admitió el recurso del actor y determinó la inadmisibilidad del recurso de la empresa demandada y todo cuanto ver convino y se tuvo presente:

I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:

Sentencia:

Tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo, Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la ciudad de Sucre, emitió la Sentencia 16/19 de 01 de marzo, de fs. 274 vta. a 278, declarando PROBADA en parte, la demanda de fs. 4 a 7, sin costas e IMPROBADA la excepción de pago de fs. 75 a 77 vta., disponiendo que la empresa demandada cancele a la actor la suma de Bs. 37.901,56.- por concepto de salarios devengados de la gestión 2016, indemnización por antigüedad, aguinaldo gestión 2016, vacación gestión 2016 y 2017, primas anuales y asignaciones familiares, conforme se detalla en la parte resolutiva de la Sentencia, más la multa de 30% establecido en el art. 9 del Decreto Supremo (DS) Nº 28699 de 1º de mayo de 2006; asimismo por memorial de 20 de marzo de 2019, los representantes del demandante, solicitaron aclaración, enmienda y complementación de la Sentencia, a cuyo mérito el Juez de primera instancia emitió el Auto de 26 de marzo de 2019, añadiendo el monto de Bs. 1.662,15.- correspondiente a la multa de aguinaldo, estableciendo como resultado el monto total de Bs. 39.563,71.-, disponiendo también “sin lugar a la imposición de costos y costas”, conforme consta de fs. 316.

Mostrando 14 de 68 parrafos.

Datos del proceso

Demandante
Elías Oliver Andrade Saavedra
Demandado
Empresa Constructora “Santa Fe” Ltda.
Proceso
Pago de Beneficios Sociales
Magistrado relator
Esteban Miranda Terán
Tribunal Supremo de Justicia20 de marzo de 2020AS/0213/2020Fuente oficial