Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Expediente Nº 4/03
AUTO SUPREMO Nº 217 - C. Tributario (Desistimiento) Sucre, 17 de mayo de 2004.
DISTRITO: Tarija
PARTES: Empresa S.I.A.L. S.R.L. c/ Servicio Nacional de Impuestos Internos (S.N.I.I.)
VISTOS: El memorial de desistimiento de la acción cursante a fs. 524, presentado por Julio Kohlberg Campero en representación de la empresa S.I.A.L. S.R.L., dentro del proceso Contencioso Tributario seguido contra el Servicio Nacional de Impuestos Internos de Tarija -ahora Gerencia Distrital del S.I.N.- , por haberse acogido al Programa Transitorio, Voluntario y Excepcional para el tratamiento de Adeudos Tributarios, previsto por la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003 y la Ley Nº 2626 de 22 de diciembre de 2003.
Que corrido el desistimiento en traslado a la entidad demandada ésta no respondió en el término previsto por el artículo 304-II del Código de Procedimiento Civil, por lo que corresponde tenerla por conforme a los efectos de la aceptación del desistimiento formulado.
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de acuerdo en parte con el dictamen Fiscal de fs. 526, ACEPTA el desistimiento formulado por Julio Kohlberg Campero en representación de la empresa S.I.A.L. S.R.L., en forma simple y llana, y dá por terminado el proceso.
Regístrese y devuélvase.
Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco.
Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé.
Sucre, 17 de mayo de 2004.
Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.