Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO Nº. 218/2013
Sucre, 30 de julio de 2013
EXPEDIENTE: La Paz 131/2013
PARTES PROCESALES: Oscar Roca Mejía representado legalmente por Xavier F. Beltrán Caballero, Natalio Aliaga Ochoa contra María Alina Acebey de Roca, Marina Espada de Acebey, Betzabe Daniela Acebey Espada
DELITO: abuso de confianza, despojo en grado de autoría y complicidad
MAGISTRADO RELATOR: Jorge I. von Borries Méndez
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Oscar Roca Mejía, representado legalmente por Xavier F. Beltrán Caballero y Natalio Aliaga Ochoa (fs. 240 a 242), impugnando el Auto de Vista Nro. 44 emitido el 20 de febrero de 2013 por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz (fs. 211 a 215), en el proceso penal seguido por el recurrente contra María Alina Acebey de Roca, Marina Espada de Acebey y Betzabe Daniela Acebey Espada por la presunta comisión de los delitos de abuso de confianza y despojo en grados de autoría y complicidad, previstos y sancionados por los artículos 346, 351 y 23 del Código Penal.
CONSIDERANDO I: (Antecedentes del recurso de casación)
Que el recurso de casación de referencia tuvo origen en los siguientes antecedentes:
Sustanciado el juicio oral y ordinario, el Juzgado de Sentencia Nro. 3 de la capital del departamento de La Paz, pronunció Sentencia Nro. 17/2012 el 6 de septiembre de 2012 (fs. 173 a 178), declarando: 1. A la imputada María Alina Acebey de Roca autora de los delitos de despojo y abuso de confianza, previstos y sancionados por los artículos 351 y 346 del Código Penal, condenándola a la pena privativa de libertad de dos años, con costas de daños a calificarse en ejecución de Sentencia; asimismo, de conformidad al artículo 368 del Código de Procedimiento Penal concede el beneficio del perdón judicial a favor de la nombrada imputada, por cuanto no se demostró que tenga antecedentes penales con anterioridad al hecho acusado; y 2. A las imputadas Marina Espada de Acebey y Betzabe Daniela Acebey de Espada absueltas de los delitos de despojo y abuso de confianza en grado de complicidad, previstos y sancionados por los artículos 351, 346 y 23 del Código Penal, por prueba insuficiente conforme al artículo 363 inciso 2) del Código de Procedimiento Penal, con costas y daños a su favor.
Contra la citada Sentencia la imputada Alina Acebey de Espada y el acusador particular Oscar Roca Mejía, representado legalmente por Xavier F. Beltrán Caballero y Natalio Aliaga Ochoa, interpusieron recursos de apelación restringida (fs. 181 a 182 y 189 a 193) que fueron resueltos por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz por Auto de Vista Nro. 44/2013 de 20 de febrero de 2013, que los declaró improcedentes y confirmó la Sentencia apelada.
Con el Auto de Vista referido, Oscar Roca Mejía fue notificado el 17 de mayo de 2013 (fs. 217) formulando el recurso de casación, motivo de autos, el 24 de mayo de 2013 (fs. 240 a 242).
CONSIDERANDO II: (Motivo del recurso de casación)
Que analizado el referido recurso de casación, fue admitido conforme a los argumentos descritos en el Auto Supremo Nro. 187/2013 de 28 de junio de 2013 y según el siguiente motivo:
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