Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Expediente N° C.17.01.A
AUTO SUPREMO N° 222-C. Tributario (Desistimiento) Sucre, 24 de noviembre de 2003.
DISTRITO: Cochabamba
PARTES: Pedro Celestino Sánchez en representación de "SANINCO S.R.L." c/
Administración Regional de Impuestos Internos.
VISTOS: El memorial de desistimiento presentado por Pedro Celestino Sánchez en representación de la Empresa SANINCO S.R.L. por el que desiste tanto del proceso como del derecho, dentro del proceso Contencioso Tributario que sigue contra el Servicio Regional de Impuestos Nacionales de Cochabamba, acogiéndose al "Programa Transitorio Voluntario y Excepcional, para el tratamiento de adeudos tributarios en mora al 31 de diciembre de 2002", previsto en la Disposición Tercera, párrafo II de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003 (Código Tributario Boliviano).
Que corrido el desistimiento en traslado al sujeto activo por decreto de fs. 96, la Administración no responde el término legal, por lo que corresponde tenerla por conforme para los efectos de aceptación de la solicitud.
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