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TSJReiteradora

AS/0226/2021

Tribunal Supremo de Justicia
16 de marzo de 2021Social 2daMag. Ricardo Torres Echalar

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Elementos comunes de procedimiento / Prueba / Valoración

La parte recurrente señala en el fondo que se cometieron errores de hecho y derecho al confirmarse la Sentencia a través del Auto de Vista ahora impugnado, puesto que no se habría realizado una buena valoración, demostrándose parcialización a favor de la demandante.

Proceso
proceso social
Sala
Social 2da
Año
2021

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA

ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y

ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 226/2021

Sucre, 16 de marzo de 2021

Expediente: SC-CA.SAII-CBBA. 468/2020

Distrito: Cochabamba

Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar

VISTOS: El recurso de casación, cursante de fs. 77 a 79, interpuesto por Fabiola Bañado Sequeiro contra el Auto de Vista Nº 056/2020 de 19 de junio, cursante de fs. 69 a 74, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso social seguido por Abigail Rodas Mamami y otra contra la recurrente, el Auto de 28 de octubre de 2020 que concedió el recurso cursante a fs. 82, el Auto de Admisión Nº 468/2020-A de 25 de noviembre cursante a fs. 89 y vta., los antecedentes del proceso y:

CONSIDERANDO I:

I. Antecedentes del Proceso

I.1. Sentencia

Admitida la demanda y corrido el trámite del proceso, la Jueza de Partido del Trabajo y Seguridad Social Segunda de Cochabamba, emitió la Sentencia de 26 de febrero de 2019, cursante de fs. 45 a 51, declarando probada la demanda. Finalmente se determinó la cancelación de la correspondiente actualización y la multa señalada en el art. 9 del Decreto Supremo (DS) 28699 (30%).

Tiempo de servicios: 2 años, 4 meses y 2 días.

Salario mínimo promedio indemnizable: Bs. 1.895.

Indemnización por tiempo de servicios: Bs. 4.432,19

Desahucio: Bs. 5.685

Aguinaldo navideño (duodécimas de 11 meses y

1 día, de la gestión 2016) doble por incumplimiento: Bs. 3.484,44

Salario devengado de noviembre de 2016: Bs. 1.895

Vacaciones (30 días) Bs. 1.895

Reintegro de Salario de 11 meses y 1 día (2016) Bs. 2.151,50

Multa equivalente al duplo de dicho saldo según el

art. 147 del DS 224 de 23 de agosto de 1943: Bs. 2.151,50

SUMA TOTAL: Bs. 21.694,63

I.2. Auto de Vista

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Máxima

TARIFA LEGAL DE LA PRUEBA/El Juez no estará sujeto a la tarifa legal de pruebas, y por lo tanto formará libremente su convencimiento, inspirándose en los principios científicos que informan la crítica de la prueba y atendiendo a las circunstancias relevantes del pleito y a la conducta procesal observada por las partes.

Datos del proceso

Demandante
Abigail Rodas Mamami y otra
Demandado
Fabiola Bañado Sequeiro
Proceso
proceso social
Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar

Precedente

Artículos 3. j), 60 y 158 del Código Procesal del Trabajo.

Tribunal Supremo de Justicia16 de marzo de 2021AS/0226/2021Fuente oficial