Volver a sentencias
TSJReiteradora

AS/0226/2024

Tribunal Supremo de Justicia
25 de marzo de 2024Social 1eraMag. Maria Cristina Diaz Sosa

Derecho del Trabajo / Derecho Laboral Sustantivo / Relación laboral / Existencia (Ley General del Trabajo)

La parte recurrente acuso que, el Auto de Vista incurrió en violación, e interpretación errónea y aplicación indebida de la ley; toda vez, que como se establece en los contratos de prestación de servicios de fs. 32 a 37 y de fs. 47 a 48 de obrados, aquellos corresponden a una relación civil conform...

Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 1era
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 226

Sucre, 25 de marzo de 2024

Expediente: 51-2024

Demandante: Freddy Gonzáles Alcocer

Demandado: Instituto Tecnológico Cristo Rey

Materia: Beneficios Sociales

Distrito: Cochabamba

Magistrada Relatora: María Cristina Díaz Sosa

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 171 a 176, interpuesto por José Rubén Gutiérrez Hinojosa en representación del Instituto Tecnológico Cristo Rey, impugnando el Auto de Vista N° 172/2023 de 6 de noviembre, cursante de fs. 158 a 165, pronunciado por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso de pago de beneficios sociales, seguido por Freddy Gonzáles Alcocer en contra del recurrente; la contestación de fs. 179 a 180 vta; el Auto que concedió el recurso a fs. 181; la resolución de 24 de enero de 2024 que admitió el recurso, los antecedentes procesales y:

CONSIDERANDO I:

I.1 Antecedentes del proceso

Sentencia

Una vez tramitado el proceso por beneficios sociales iniciado por Freddy Gonzáles Alcocer y Esperanza Vargas Antezana, el Juzgado de Trabajo y Seguridad Social N° 4 Capital, emitió la Sentencia N° 110/2021 de 15 de octubre de 2021, cursante de fs. 122 a 129, declarando: probada la demanda de fs. 14 a 15 vta., a favor de Freddy Gonzáles Alcocer en relación al pago de indemnización, desahucio, y aguinaldo por la suma total de Bs19.518,00 y para Esperanza Vargas Antezana por los conceptos de indemnización, desahucio y aguinaldo por el monto total de Bs15.970.

Auto de Vista

El recurso de apelación interpuesto por Marcelo Yuri Ramírez Simón en su condición de representante legal del Instituto Tecnológico Cristo Rey el 27 de octubre 2021 de fs. 131 a 133 vta, fue resuelto por el Auto de Vista N° 172 de 6 de noviembre de 2023, cursante de fs. 158 a 165, pronunciado por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, confirmando la Sentencia apelada.

I.2. Argumentos del Recurso de Casación

El Auto de Vista, motivó que el demandado formule recurso de casación cursante de fs. 171 a 176, de obrados, expresando lo siguiente:

1.- Violación, e interpretación errónea y aplicación indebida de la ley, toda vez que, como se establece en los contratos de prestación de servicios de fs. 32 a 37 y de fs. 47 a 48 de obrados, aquellos corresponden a una relación civil conforme establece en los arts. 732 y siguientes del Código Civil (CC) y no conforme determinaron los de instancia, una relación laboral y por ende sometida a los preceptos de la Ley General (LGT).

Mostrando 20 de 40 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro.

  • Sentencias completas del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Máxima

CONTRATO CIVIL O COMERCIAL QUE INTENTA ENCUBRIR LA RELACIÓN LABORAL/ Se incorporan al ámbito de aplicación de la Ley General del Trabajo, los contratos a los que se les atribuyen en apariencia en las características del contrato civil o comercial con la finalidad de encubrir la relación laboral; cuando en estos se cumplan con las características materiales de prestación de servicios en donde concurran: dependencia, subordinación, prestación de trabajo y remuneración a favor del empleador.

Datos del proceso

Demandante
Freddy Gonzáles Alcocer
Demandado
Instituto Tecnológico Cristo Rey
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
Maria Cristina Diaz Sosa

Precedente

Artículo 48 parágrafo I y II de la Constitución Política del Estado. Artículo 1 del Decreto Supremo 23570 de 26 de julio de 1993.

Tribunal Supremo de Justicia25 de marzo de 2024AS/0226/2024Fuente oficial