Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo N° 227
Sucre, 21 de abril de 2015
Expediente : 566/2010-S
Demandante : Thiago Leitao Polieri
Demandado : Club Bolívar
Distrito : La Paz
Magistrado Relator : Dr. Antonio Guido Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 338 y vta., interpuesto por Guido Loayza Mariaca y Jorge Jaime Jemio Fernández en representación del Club Bolívar, contra el Auto de Vista N° 79/2010 de 26 de marzo (fs. 156 y vta.), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la entonces Corte Superior de Justicia de La Paz; dentro del proceso social por sueldos devengados, que sigue Thiago Leitao Polieri contra el Club Bolívar; la respuesta de fs. 341 y vta.; el Auto de fs. 342 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1 Sentencia
Promovida la acción y tramitado el proceso laboral, la Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, emitió Sentencia N° 070/2009 de 24 de julio (fs. 135 a 138), por la que declaró probada la demanda de fs. 1 de obrados, disponiendo que el Club Bolívar, a través de su representante legal, cancele a favor del demandante, la suma de $us.32.020.- (TREINTA Y DOS MIL VEINTE 00/100 DÓLARES AMERICANOS), por concepto de salarios adeudados, todo conforme al detalle que se tiene asentado en la misma Sentencia, la cual fue complementada con auto de fs. 145 vta., disponiendo que sea con costas.
I.2 Auto de Vista
Dicha resolución fue recurrida en apelación por la Institución demandada (fs. 142 y vta.), mereciendo el Auto de Vista Nº 79/2010 de 26 de marzo (fs. 156 y vta.), por el cual, la Sala Social y Administrativa Tercera de la entonces Corte Superior de Justicia de La Paz, resolvió confirmar la Sentencia de 070/2009 de 24 de julio (fs. 135 a 138), con las formalidades de ley.
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