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TSJ

AS/0232/2009

Tribunal Supremo de Justicia
11 de marzo de 2009Penal IIMag. Rita Susana Nava Duran
Proceso
Tráfico de sustancias controladas
Sala
Penal II
Año
2009

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Texto del fallo

SALA PENAL SEGUNDA

Auto Supremo: Nº 232 Sucre, 11 de marzo de 2009

Expediente: Cochabamba 55/03

Partes: Ministerio Público c/ Rubén Elmer Jaimes Rojas y otros

Delito: Tráfico de sustancias controladas

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VISTOS: las solicitudes de extinción de la acción penal (fojas 1060 y 1060 vuelta, 1068 y 1068 vuelta, 1070 y 1070 vuelta) en el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Rubén Elmer Jaimes Rojas y otros por delitos tipificados en la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas.

CONSIDERANDO: que el Juzgado de Partido Primero de Sustancias Controladas de la ciudad de Cochabamba dictó Auto de Apertura de Proceso (fojas 186) contra Rubén Elmer Jaimes Rojas, Rosario Aguilar, Leonarda Jaimes Orellana, Jaime Orellana Muñóz y Juan Carlos Mamani Lima por los delitos de Tráfico de Sustancias Controladas, Asociación Delictuosa y Confabulación tipificados en los artículos 48 y 53 de la Ley del Régimen de la coca y Sustancias Controladas, recibiendo declaración confesoria de los procesados el 10 de noviembre de 1999 (fojas 312 a 315 vuelta, 315 a 316 vuelta, 317 a 318 vuelta y 319 a 319 vuelta) actuado que determinó elinicio formal del proceso que, en primera instancia, concluyó con sentencia condenatoria de 19 de noviembre de 2001 (fojas 802 a 807 vuelta), que, apelada por los procesados y por el Ministerio Público fue anulada por Auto de Vista de 31 de julio de 2002 (fojas 934 a 938) y que, recurrido de casación, radicó es esta Sala Penal el 21 de abril de 2003 (fojas 1009).

Que la complejidad del caso debido al número de procesados, la obstaculización de los mismos en la averiguación de la verdad, la interposición de recursos dilatorios (fojas 201 a 203 vuelta, 208 a 211, 214 y vuelta), los incidentes planteados (fojas 221 a 222, 224 a 225), la suspensión de actuados por su inasistencia (fojas 453 vuelta, 457) han motivado que el proceso no concluya e el plazo máximo fijado por la disposición Transitoria Tercera del Código de Procedimiento Penal.

POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con las consideraciones precedentes y con la concurrencia del doctor Teófilo Tarquino Mújica Ministro de la Sala Penal Primera, convocado al efecto en ejercicio de sus atribuciones, declara QUE NO HA LUGAR A LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL respecto al proceso seguido contra Rubén Elmer Jaimes Rojas, Rosario Aguilar, Leonarda Jaimes Orellana, Jaimes Orellana Muñoz y Juan Carlos Mamani Lima por el Ministerio Público por delitos tipificados en la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas.

Regístrese y hágase saber

Firmado: Dr. Héctor Sandoval Parada

MINISTRO DE LA SALA PENAL SEGUNDA

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Firmado: Dr. Teófilo Tarquino Mújica

MINISTRO DE SALA PENAL PRIMERA

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Criterio

La complejidad del caso debido al número de procesados, la obstaculización de los mismos en la averiguación de la verdad, la interposición de recursos dilatorios (fojas 201 a 203 vuelta, 208 a 211, 214 y vuelta), los incidentes planteados (fojas 221 a 222, 224 a 225), la suspensión de actuados por su inasistencia (fojas 453 vuelta, 457) han motivado que el proceso no concluya e el plazo máximo fijado por la disposición Transitoria Tercera del Código de Procedimiento Penal.

Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
Rubén Elmer Jaimes Rojas y otros
Proceso
Tráfico de sustancias controladas
Magistrado relator
Rita Susana Nava Duran

Descriptores

Derecho Penal / Derecho Procesal Penal / Elementos comunes de procedimiento / Excepciones / Extinción de la acción penal / No ha lugar por no haberse demostrado los requisitos exigidos por ley para su procedencia
Tribunal Supremo de Justicia11 de marzo de 2009AS/0232/2009Fuente oficial