Texto del fallo
AUTO SUPREMO Nº 232/2014
Sucre, 14 de julio de 2014
EXPEDIENTE: S.80/2010
DISTRITO: Potosí
VISTOS: El recurso de casación de fojas 95 a 96 y vuelta, interpuesto por Raymundo Trujillo López Administrador Distrital de la Caja Nacional de Salud de Uncía del departamento de Potosí, del Auto de Vista Nº 139/2009 de 16 de diciembre de 2009, emitido por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí (fojas 91 a 93), dentro del proceso laboral por pago de beneficios sociales seguido por Silvia Eugenia Caero contra la institución recurrente, los antecedentes del proceso y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social de Uncía, emitió la Sentencia Nº 09/09 de 16 de octubre de 2009 (fojas 63 a 69 y vuelta), declarando PROBADA EN PARTE con costas la demanda de fojas 19 a 21 de pago de beneficios sociales en lo referente a la indemnización por tiempo de servicio, desahucio, aguinaldo por duodécimas, más el pago de la multa del 30% y el sueldo devengado, e IMPROBADA en cuanto al pago de Indemnización por tiempo de servicios, desde la primera contratación, a favor de la demandante Silvia Eugenia Caero, a ser pagado por la institución demandada la Caja Nacional de Salud de Uncía a través de su representante legal Raymundo Trujillo López, bajo el siguiente detalle:
SILVIA EUGENIA CAERO:
Fecha de ingreso: 15 de agosto de 2008
Fecha de retiro: 16 de agosto de 2009
Tiempo de servicios: 1 año
Sueldo promedio Bs. 1.106,00.-
BENEFICIOS SOCIALES:
1).- INDEMNIZACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS
1 años x 1.1.06.- = 1.106.- : Bs. 1.106,00
2).- INDEMNIZACION POR DESAHUCIO
1.106 x 3 : Bs. 3.318,00
3).- AGUINALDO POR DUODÉCIMAS
7 meses x 92,16 = 645 : Bs. 645,00
4).- SUELDO DEVENGADO (15 –DIAS) : Bs. 552,00
TOTAL DE BENEFICIOS SOCIALES Bs. 5.621,00.-
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