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TSJReiteradora

AS/0232/2021

Tribunal Supremo de Justicia
21 de abril de 2021Social 1era

Máxima

REINCORPORACIÓN Y PAGO DE SUELDOS DEVENGADOS/ En caso de que el trabajador opte por su reincorporación podrá recurrir a este efecto ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, donde una vez constatado el…

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Resumen del caso

Derecho del Trabajo / Derecho Laboral Sustantivo / Reincorporación / Procede

La parte recurrente manifiesta que el Tribunal de alzada, concibe un criterio forzado de reincorporación del actor, no obstante, que los conceptos de reincorporación e incorporación son diferentes; conforme a los hechos no existió despido injustificado, porque se originó como consecuencia de un proc…

Proceso
Pago de sueldos devengados

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 232

Sucre, 21 de abril de 2021

Expediente: 45/2021-S

Demandante: Vicente Remberto Cuéllar Téllez

Demandado: Universidad Autónoma Gabriel René Moreno

Proceso: Pago de sueldos devengados

Departamento: Santa Cruz

Magistrado Relator: Lic. Esteban Miranda Terán

VISTOS: El recurso de casación de fs. 496 a 502, interpuesto por la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno (UAGRM), a través de Alberto Raldes Arispe, contra el Auto de Vista N° 75 de 28 de octubre 2020, emitido por la Sala en materia de Trabajo y Seguridad Social Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, de fs. 458 a 466; dentro del proceso de pago de sueldos devengados como consecuencia de reincorporación, promovido por Vicente Remberto Cuéllar Téllez contra la Universidad recurrente; el memorial de contestación de fs. 505 a 506; el Auto Nº 01 de 4 de enero de 2021 (fs. 507), que concedió el recurso; el Auto de 21 de enero de 2021 (fs. 516), por el que se declaró admisible el recurso; y todo lo que en materia fue pertinente analizar.

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:

Sentencia.

El Juez Quinto de Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, emitió la Sentencia N° 108 de 28 de marzo de 2019, de fs. 307 a 311, declarando PROBADA en parte la demanda, sin costas; disponiendo que la Universidad demandada pague a favor del actor, la suma de Bs.297.030,70.- (Doscientos noventa y siete mil treinta 70/100 bolivianos); por concepto de sueldos devengados, del periodo de cesantía correspondiente a 10 meses y 22 días, tomando en cuanta aguilandos y reintegro de incremente salarial; detallados en dicha Sentencia.

El actor, solicitó aclaración, complementación y enmienda, a fs. 313; que, considerada por el Juez de la causa, se emitió el Auto de 4 de abril de 2019, a fs. 314, no dando lugar a dicha solicitud.

Auto de Vista.

En conocimiento de la Sentencia, el demandante Vicente Remberto Cuéllar Téllez, interpuso recurso de apelación de fs. 320 a 324; a su turno, la UAGRM representada por su Rector Benjamín Saúl Rosas Ferrufino, a través de su apoderado Alberto Raldes Arispe, formuló recurso de casación de fs. 335 a 347; elevados ambos recursos, se emitió el Auto de Vista N° 107 de 15 de julio de 2019, a fs. 397, que Anuló la Sentencia emitida; contra esta determinación la Universidad demandada, interpuso recurso de casación, que se resolvió por el , emitido por la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, de fs. 441 a 444; que ANULÓ el Auto de Vista Nº 107 de 15 de julio de 2019, disponiendo la emisión de una nueva resolución, en el marco de lo considerado en dicho fallo.

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Datos del proceso

Demandante
Vicente Remberto Cuéllar Téllez
Demandado
Universidad Autónoma Gabriel René Moreno
Proceso
Pago de sueldos devengados
Magistrado relator
Esteban Miranda Terán
Tribunal Supremo de Justicia21 de abril de 2021AS/0232/2021Fuente oficial