Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 240/2008
EXP. N°: 151/2007
PROCESO: Contencioso Administrativo
PARTES: Ángel Irusta Pérez, en su calidad de Presidente en ejercicio y representante legal del Ilustre Colegio Departamental de Abogados de Oruro, contra la Superintendencia Tributaria General.
FECHA: 22 de octubre de 2008.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa presentada por Ángel Irusta Pérez, en su calidad de Presidente en ejercicio y representante legal del Ilustre Colegio Departamental de Abogados de Oruro, contra la Superintendencia Tributaria General, impugnando la Resolución de Recurso Jerárquico STG-RJ/0013/2007 de 11 de enero de 2007, los antecedentes del proceso, el informe del Ministro Teófilo Tarquino Mújica; y,
CONSIDERANDO: Que mediante providencia de fojas 77 se otorgó al impetrante el plazo de diez días para que presente documentación fehaciente que acredite la fecha de notificación con la resolución impugnada; sin embargo pese a la legal notificación practicada el 8 de mayo de 2007 (fojas 78), incumplió lo ordenado venciendo abundantemente el plazo para hacerlo, por lo que corresponde aplicar la sanción prevista por la última parte del artículo 333 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tiene POR NO PRESENTADA la demanda de fojas 71-75, disponiendo el archivo de obrados.
Proveyendo al memorial de fojas 102, estése al Auto Supremo que antecede.
No interviene el Ministro Ángel Irusta Pérez, por encontrarse ausente momentáneamente.
Regístrese.
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