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TSJ

AS/0241/2014

Tribunal Supremo de Justicia
22 de mayo de 2014Civil IMag. Rita Susana Nava Duran
Proceso
Cumplimiento de Obligación emergente de hecho ilícito y
Sala
Civil I
Año
2014

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 241/2014

Sucre: 22 de mayo 2014

Expediente : PT-8-14-S

Partes : Cooperativa de Ahorro y Crédito San Martín Ltda., mediante su

apoderado el Abog. Roberto Delgado Condori. c/ Ana María Mercado

Ramírez, Blanca Ramírez Vargas Vda. de Mercado, Mario Rollano

Elías, Cristina Rasguido Sánchez, Judith Quispe Cornejo y los

herederos de Amílcar Murillo López.

Proceso : Cumplimiento de Obligación emergente de hecho ilícito y

reconocimiento de deuda por desfase económico, más daños y perjuicios.

Distrito : Potosí.

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 283 a 286 y vta., interpuesto por Roberto Delgado Condori apoderado de la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Martín Ltda., contra el Auto de Vista Nº 225/2013 de fecha 20 de diciembre de 2013, cursante de fs. 278 a 281 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso Ordinario doble de demanda principal de cumplimiento de obligación emergente de hecho ilícito y reconocimiento de deuda por desfase económico, más daños y perjuicios, seguido por la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Martín Ltda., mediante su apoderado Roberto Delgado Condori, contra Ana María Mercado Ramírez, Blanca Ramírez Vargas Vda., de Mercado, Mario Rollano Elías, Cristina Rasguido Sánchez, Judith Quispe Cornejo y los herederos de Amílcar Murillo López; y demanda reconvencional de nulidad de documento privado sujeto a aclaración de fecha 30 de noviembre de 2000 seguido por Ana María Mercado Ramírez, contra la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Martín Ltda., representada por Edgar Rudy Elías Nogales; la concesión de fs. 293; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:

Tramitado el Proceso, el Juez de Partido Tercero en lo Civil y Comercial, emitió la Sentencia Nº 0032/2013, de fecha 27 de septiembre de 2013, cursante de fs. 241 a 262, declarando improbada la demanda principal de Cumplimiento de obligación emergente de hecho ilícito y reconocimiento de deuda, interpuesta por la Cooperativa de ahorro y crédito San Martín Ltda., mediante su apoderado Roberto Delgado Condori, contra Ana María Mercado Ramírez, Blanca Ramírez Vargas Vda. de Mercado, Mario Rollano Elías, Cristina Rasguido Sánchez, Judith Quispe Cornejo y los herederos de Amílcar Murillo López; de igual forma declaró improbada la demanda reconvencional de nulidad del documento privado sujeto a aclaración de 30 de diciembre de 2000 interpuesto por Ana María Mercado Ramírez en contra de la Cooperativa de ahorro y crédito San Martín Ltda. representada por Edgar Rudy Elías Nogales (Presidente del Consejo de Administración), sin costas por tratarse de un proceso doble; asimismo, declaran probadas las excepciones de prescripción y falta de acción y derecho, opuesta por la co-demandada Judith Quispe Cornejo contra la demanda principal, con costas a la parte demandante principal sólo con relación a las dos excepciones.

Contra la referida Sentencia, Roberto Delgado Condori por la Cooperativa de ahorro y crédito San Martín Ltda., interpuso recurso de apelación cursante de fs. 264 a 268.

En merito a esos antecedentes, la Sala Civil y Comercial del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, emitió el Auto de Vista Nª 225/2013 de fecha 20 de diciembre de 2013 cursante de fs. 278 a 281, por el que confirma la Sentencia Nº 0032/2013 de fecha 27 de septiembre de 2011. Con costas.

Resolución que dio lugar al recurso de casación en el fondo, interpuesto por Roberto Delgado Condori apoderado de la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Martin Ltda., mismo que se pasa a considerar y resolver.

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Datos del proceso

Proceso
Cumplimiento de Obligación emergente de hecho ilícito y
Magistrado relator
Rita Susana Nava Duran
Tribunal Supremo de Justicia22 de mayo de 2014AS/0241/2014Fuente oficial