Volver a sentencias
TSJReiteradora

AS/0242/2020

Tribunal Supremo de Justicia
27 de julio de 2020Social 1era

Máxima

CARENCIA RECURSIVA/El recurso de casación en el fondo debe fundarse en errores en los que hubieren incurrido los…

Criterio completo, sentencias y PDF oficiales.

Pixi Lector · Bs. 20/mes

Desbloquear criterio completo

¿Ya tienes acceso? Inicia sesión

Resumen del caso

Derecho Administrativo / Derecho Procesal Administrativo / Proceso Contencioso / Recursos / Casación / Improcedente

El recurrente manifiesta cCon relación al Convenio Interinstitucional Concurrente Nº 28/2011, suscrito entre la Gobernación de Tarija y el Municipio de Entre Ríos, establece en su Cláusula octava, que la entidad ejecutora es el Gobierno Municipal, quien asume plena y total responsabilidad por el dis…

Proceso
Contencioso

Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA

AUTO SUPREMO Nº 242

Sucre, 27 de julio de 2020

Expediente : 043/2020 - C

Demandante : Asociación Accidental “Entre Ríos”

Demandado : Gobierno Autónomo Municipal de Entre Ríos

Proceso : Contencioso

Departamento : Tarija

Magistrado Relator : Lic. José Antonio Revilla Martínez

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 210 a 216, interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de Entre Ríos, representado por Miguel Paravicini Espinoza y Juan Pablo Flores, impugnando la Sentencia N° 09/2019 de 18 de noviembre fs. 203 a 208, emitida por la Sala Social SS, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso contencioso de cumplimiento de obligación de pago seguido por la Sociedad Accidental “Entre Ríos” contra la entidad municipal recurrente; el Auto Interlocutorio Nº 01/20202 de 10 de enero de 2020, de fs. 225, que concedió el recurso, el Auto de 3 de febrero de 2020 de fs. 234, que admitió el recurso; los antecedentes del proceso y todo lo que en materia fue pertinente analizar:

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

Sentencia

Tramitado el proceso contencioso sobre cumplimiento de obligación de pago, la Sala Social SS, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, emitió la Sentencia N° 09/2019 de 203 a 208, que declaró PROBADA en parte la demanda contenciosa de fs. 81-85; interpuesta por la Asociación Accidental “Entre Ríos” contra el Gobierno Autónomo Municipal de Entre Ríos, disponiendo en consecuencia, el pago a favor de la Asociación demandante, del monto adeudado de Bs865.167,65 (ochocientos sesenta y cinco mil ciento sesenta y siete 65/100 bolivianos); sin lugar al pago de intereses.

II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN

Mostrando 15 de 75 parrafos.

Datos del proceso

Demandante
Asociación Accidental “Entre Ríos”
Demandado
Gobierno Autónomo Municipal de Entre Ríos
Proceso
Contencioso
Tribunal Supremo de Justicia27 de julio de 2020AS/0242/2020Fuente oficial