Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
AUTO SUPREMO Nº 242
Sucre, 27 de julio de 2020
Expediente : 043/2020 - C
Demandante : Asociación Accidental “Entre Ríos”
Demandado : Gobierno Autónomo Municipal de Entre Ríos
Proceso : Contencioso
Departamento : Tarija
Magistrado Relator : Lic. José Antonio Revilla Martínez
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 210 a 216, interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de Entre Ríos, representado por Miguel Paravicini Espinoza y Juan Pablo Flores, impugnando la Sentencia N° 09/2019 de 18 de noviembre fs. 203 a 208, emitida por la Sala Social SS, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso contencioso de cumplimiento de obligación de pago seguido por la Sociedad Accidental “Entre Ríos” contra la entidad municipal recurrente; el Auto Interlocutorio Nº 01/20202 de 10 de enero de 2020, de fs. 225, que concedió el recurso, el Auto de 3 de febrero de 2020 de fs. 234, que admitió el recurso; los antecedentes del proceso y todo lo que en materia fue pertinente analizar:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
Sentencia
Tramitado el proceso contencioso sobre cumplimiento de obligación de pago, la Sala Social SS, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, emitió la Sentencia N° 09/2019 de 203 a 208, que declaró PROBADA en parte la demanda contenciosa de fs. 81-85; interpuesta por la Asociación Accidental “Entre Ríos” contra el Gobierno Autónomo Municipal de Entre Ríos, disponiendo en consecuencia, el pago a favor de la Asociación demandante, del monto adeudado de Bs865.167,65 (ochocientos sesenta y cinco mil ciento sesenta y siete 65/100 bolivianos); sin lugar al pago de intereses.
II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN
Mostrando 15 de 75 parrafos.