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TSJ

AS/0243/2013

Tribunal Supremo de Justicia
12 de junio de 2013PlenaMag. Antonio Campero Segovia
Proceso
Contencioso Administrativo.
Sala
Plena
Año
2013

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Texto del fallo

SALA PLENA

AUTO SUPREMO : 243/2013.

EXP. N° : 479/2009.

PROCESO : Contencioso Administrativo.

PARTES : Interpuesto por la Empresa Constructora ERIKA S.R.L. c/ la Autoridad General de Impugnación Tributaria.

FECHA : Sucre, doce de junio de dos mil trece.

VISTOS EN SALA PLENA: El proceso contencioso administrativo presentado por la empresa Constructora ERIKA S.R.L. representada por Vivian Pacheco García Meza contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria, impugnando la Resolución Jerárquico AGIT-RJ/0210/2009 de 3 de junio de 2009, los antecedentes del proceso y:

CONSIDERANDO: Que Vivian Pacheco García Meza en representación de la Empresa Constructora Erika S.R.L., mediante memorial presentado el 18 de abril de 2013 solicita complementación de la Sentencia Nº 022/2013 de 11 de marzo, pidiendo que se ordene la suspensión de todas las medidas precautorias, retenciones y cobro de dinero emergente de la resolución sancionatoria Nº AN-GRT-GR 004/2008 de 25 de agosto de 2008.

Que conforme lo establecido por el art.196. II del Código de Procedimiento Civil, procede la explicación y enmienda a petición de parte, cuando existiere algún concepto oscuro, palabra dudosa u omisión en que se hubiere incurrido sobre los puntos controvertidos; en autos, se evidencia que la impetrante no ha justificado ninguna de las causas que ameritan un pronunciamiento expreso de este Tribunal; y siendo claros los términos de la Sentencia Nº 022/2013 de 11 de marzo de 2013, y no existiendo omisión no corresponde atender lo solicitado.

POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la aclaración efectuada, declara NO HABER LUGAR a la explicación y/o complementación solicitada.

No suscriben la presente resolución los Magistrados Rita Susana Nava Durán, Maritza Suntura Juaniquina y Fidel Marcos Tordoya Rivas al no haber intervenido en la Sentencia Nº 022/2013 de once de marzo.

Regístrese, notifíquese y cúmplase.

Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano

PRESIDENTE

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Datos del proceso

Demandante
Interpuesto por la Empresa Constructora ERIKA S.R.L.
Demandado
la Autoridad General de Impugnación Tributaria.
Proceso
Contencioso Administrativo.
Magistrado relator
Antonio Campero Segovia
Tribunal Supremo de Justicia12 de junio de 2013AS/0243/2013Fuente oficial