Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Expediente N° 100/02
AUTO SUPREMO N° 249 - C. Tributario (Desistimiento) Sucre, 17 de diciembre de 2003.
DISTRITO: La Paz
PARTES: Teófilo Apaza Villca y Otros c/ Aduana Nacional
VISTOS: El memorial presentado por Teófilo Apaza Villca, Ranulfo Cautin Villca, Alicia Cuarita Conde y Celina Alanes de Colque por el que desisten tanto de la acción como del derecho, dentro del proceso Contencioso Tributario Aduanero que siguen los presentantes conjuntamente con los señores Josefina N., Mónica Coronel, Josefa Jiménez, Justina Coronel, Ana Calle, Arminda lazo, Grover Coronado, Tito Cerda, Hortensia Husnayo, Amanda Callisayaz, natividad Mamani, Nelly Mark, paula Merlo y Blanca Usnayo, cual consta del Auto de Vista que cursa a fs. 46, contra la ADUANA NACIONAL, acogiéndose al "Programa Transitorio Voluntario y Excepcional", para el tratamiento de adeudos tributarios en mora al 31 de diciembre de 2002, previsto en la Disposición Tercera, párrafo II de la Ley No. 2492 de 2 de agosto de 2003 (Código Tributario Boliviano).
Que corrido el desistimiento en traslado al sujeto activo por decreto de fs. 61 la ADUANA NACIONAL no responde en el término legal, por lo que corresponde tenerla por conforme, para los efectos de aceptación de la solicitud.
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