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TSJReiteradora

AS/0250/2021

Tribunal Supremo de Justicia
23 de marzo de 2021Civil

Máxima

DEBIDA MOTIVACIÓN Y FUNDAMENTACIÓN/ El juzgador ha momento de emitir su decisión, debe explicar de manera clara y sustentada en derecho, los motivos que lo llevaron a tomar la misma…

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Resumen del caso

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Recursos / Principios y derechos involucrados / Debida motivación y fundamentación

El recurrente indica que los arts. 218, 213 num. 3), 264 y 265 del Código Procesal Civil exigen que el Tribunal de apelación al momento de emitir un Auto de Vista debe cumplir con la debida motivación y fundamentación, debiendo explicar cuál el motivo que lo ha determinado en fallar o cuál sentido, …

Proceso
Nulidad de contrato de donación, su consiguiente nulidad de protocolo y cancelación de su inscripción en el registro de Derechos Reales.

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA S A L A C I V I L

Auto Supremo: 250/2021

Fecha: 23 de marzo de 2021

Expediente: SC-14-21-S.

Partes: Alex Fernández Romero c/ Gobierno Autónomo Municipal de Postrervalle y

Arzobispado de Santa Cruz de la Sierra con intervención del Procurador

General del Estado.

Proceso: Nulidad de contrato de donación, su consiguiente nulidad de protocolo y cancelación de su inscripción en el registro de Derechos Reales.

Distrito: Santa Cruz.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 503 a 505 vta., interpuesto por Alex Fernández Romero, impugnando el Auto de Vista N° 201/2020 de 30 de septiembre, cursante de fs. 496 a 500, pronunciado por la Sala Civil, Comercial Familia, Niñez y Violencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro el proceso de ordinario sobre nulidad de contrato de donación, su consiguiente nulidad de protocolo y cancelación de su inscripción en el registro de Derechos Reales, seguido por el recurrente contra Gobierno Autónomo Municipal de Postrervalle y el Arzobispado de Santa Cruz de la Sierra con intervención del Procurador General del Estado, la contestación cursante de fs. 513 a 517, el Auto de concesión de 28 de enero de 2021 a fs. 518; el Auto Supremo de admisión N° 133/2021-RA de admisión del recurso; todo lo inherente; y:

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Citada por

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Datos del proceso

Demandante
Alex Fernández Romero
Demandado
Gobierno Autónomo Municipal de Postrervalle y Arzobispado de Santa Cruz de la Sierra con intervención del Procurador General del Estado.
Proceso
Nulidad de contrato de donación, su consiguiente nulidad de protocolo y cancelación de su inscripción en el registro de Derechos Reales.
Magistrado relator
Marco Ernesto Jaimes Molina
Tribunal Supremo de Justicia23 de marzo de 2021AS/0250/2021Fuente oficial