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TSJ

AS/0253/2012

Tribunal Supremo de Justicia
15 de agosto de 2012Sala Civil 1Mag. Rita Susana Nava Duran
Proceso
Sala
Sala Civil 1
Año
2012

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 253/2012.

Sucre: 15 de agosto de 2012.

Expediente: LP-60-12-S.

Partes: Luís Fernando Vivado Pizarro y otro c/ Manuel Vivado Pizarro

Proceso: Venta Judicial

Distrito: La Paz.

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 164 a 166 y vlta., interpuesto por Manuel Vivado Pizarro, contra el Auto de Vista Nº 71/2012, cursante de fs. 161 a 162, emitido el 2 de marzo de 2012 por la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de la ciudad de La Paz, en el proceso ordinario de venta judicial mediante subasta pública de inmueble seguida por Luís Fernando Vivado Pizarro y José Alfredo Vivado Pizarro; los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO:

Que, adjuntando documental Luís Fernando Vivado Pizarro por sí y en representación de José Alfredo Vivado Pizarro, demanda la venta judicial mediante subasta pública del inmueble de propiedad común por no admitir cómoda división. Y señala que él y sus hermanos José Alfredo Vivado Pizarro y el demandado Manuel Carlos Vivado Pizarro son co propietarios de un inmueble ubicado en la Av. 20 de Octubre Nº 2129 al 2145, conforme se desprende de la Escritura Pública Nº 506/02 de 7 de septiembre de 1988, derecho propietario debidamente registrado en Derechos Reales, cuya Matrícula de Folio Real es el Nº. 2010990051233, con superficie de 1.009. 70 m² y que al proceder la división entre los tres hermanos las fracciones de terreno que les tocaría serian menores a 500 m², lo que afectaría al valor de los mismos, porque la Alcaldía Municipal no permite construcciones en terrenos de menos de 500 m² en la zona en la que actualmente se encuentra ubicado el inmueble; razón por la cual ante la propuesta de venta del terreno en su totalidad, Manuel Carlos Vivado Pizarro se habría opuesto a la venta del mismo.

Sustanciado el proceso, La Juez Sexto de Partido en lo Civil y Comercial de la Capital, mediante Sentencia Nº 168/2011 de 8 de agosto de 2011 declaró probada la demanda incoada por Luís Fernando y José Alfredo ambos Vivado Pizarro y dispuso la subasta pública del inmueble, cuyo producto se dividiría entre los co propietarios del bien.

En conocimiento de la Sentencia emitida, conforme consta de fs. 142 a 144 y vlta. Manuel Vivado Pizarro interpuso recurso de apelación, mismo que fue remitido ante la instancia competente. La Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que mediante Auto de Vista Nº 71/2012 de 2 de marzo de 2012 confirmó la Sentencia apelada, lo que motivó al demandado a recurrir en casación en el fondo, recurso que se pasa a considerar.

CONSIDERANDO II:

DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACION:

Afirma que se han infringido los arts. 404, 409 y 410 del Código de Procedimiento Civil, porque una vez purgando costas en rebeldía ha contestado la demanda, en la que señala que no se opone a la venta del inmueble motivo de la litis y al ser su confesión espontánea en oportunidad de contestar a la demanda, ésta no fue tomada en cuenta.

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Datos del proceso

Demandante
Luís Fernando Vivado Pizarro y otro
Demandado
Manuel Vivado Pizarro
Magistrado relator
Rita Susana Nava Duran
Tribunal Supremo de Justicia15 de agosto de 2012AS/0253/2012Fuente oficial