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TSJ

AS/0260/2014

Tribunal Supremo de Justicia
14 de agosto de 2014Social 1eraMag. Pastor Segundo Mamani Villca
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2014

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA

Auto Supremo Nº 260

Sucre, 14 de agosto de 2014

Expediente : 131/2014-S

Demandante : Isabel Rivera Barrancos

Demandado : Empresa de Transporte “Real Audiencia”

Distrito : Chuquisaca

Magistrado Relator : Dr. Pastor Segundo Mamani Villca

VISTOS: El recurso de casación en el fondo interpuesto por Víctor Alfonso Nava Navarro (fs. 142 a 143) contra el Auto de Vista 287/2014 de 3 de junio (fs. 136 a 137) pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca; dentro de la demanda de pago de beneficios sociales y “derecho al pago monetizado de lactancia” incoado por Isabel Rivera Barrancos contra Víctor Alfonso Nava Navarro y Oscar Churruarrín Garnica representantes de la Empresa de Transporte “Real Audiencia”; el Auto Nº 332/2014 de 9 de julio (fs. 146 vta.) que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO:

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

I.1 Sentencia

Tramitado el proceso del exordio, la Juez Primero de Partido, Civil, Familiar, Penal de la Niñez y Adolescencia del Trabajo y Seguridad Social de la provincia Hernando Siles del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, pronunció la Sentencia Nº 03/2013 de 11 de diciembre, declarando i) Probada en parte la demanda; ii) Probada en parte la excepción de prescripción; y, iii) Disponiendo el pago de la suma de Bs.41.480,74.- por concepto de beneficios sociales a favor de la demandante.

I.2 Auto de Vista

En conocimiento del precitado fallo por memorial a fs. 119 y vta. Víctor Antonio Nava Barrancos opuso recurso de apelación, resuelto a través del Auto de Vista Nº 287/2014 de 3 de junio pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, que revocó en parte la Sentencia de grado, modificando la liquidación a la suma a Bs.40.430,74.- Con costas en ambas instancias.

EL RECURSO DE CASACIÓN

En conocimiento de aquella Resolución, Víctor Alfonso Nava Navarro, opuso recurso de casación, alegando:

a) Violación al art. 237 del Código de Procedimiento Civil (CPC), pues pese a que la citada disposición señala que en la forma de resolver un Auto de Vista en el caso de ser parcialmente confirmatorio, no debe imponerse costas, el Tribunal de Alzada condenó el pago de costas en ambas instancias.

b) Además señala, violación del art. 158 del Código Procesal del Trabajo (CPT), indicando que el Auto de Vista impugnado realizó una inadecuada valoración del recibo cursante a fs. 29 de obrados, dado que si bien se concluyó que la demandante recibió la suma de Bs.1050.- por concepto de beneficios sociales, empero, a la par se dijo que no es posible el saber por cuáles conceptos fueron otorgados.

Añade que el recibo en cuestión “en lo fundamental demuestra que ha recibido por concepto de beneficios” (sic) lo que hace evidente que los beneficios sociales fueron cancelados hasta junio de 2010, en tal entendido plantea que debió realizarse un nuevo cómputo desde ese mes, más no desde el 15 de septiembre de 2009, siendo ésta –dice- la relevancia de la errónea apreciación de la prueba a fs. 29.

II.1 Petitorio: El recurrente, pide a este Tribunal emita resolución casando en forma parcial el Auto de Vista impugnado, disponiendo la cancelación de beneficios sociales “tomando como cómputo la fecha de mes de junio de 2009 a abril de 2013, sin imposición de costas” (sic)

II.2 Contestación: No se presentó contestación.

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Datos del proceso

Demandante
Isabel Rivera Barrancos
Demandado
Empresa de Transporte “Real Audiencia”
Magistrado relator
Pastor Segundo Mamani Villca
Tribunal Supremo de Justicia14 de agosto de 2014AS/0260/2014Fuente oficial