Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo No 264
Sucre, 24 de abril de 2015
Expediente : 14/2011-S
Demandante : Raúl Álvarez Mejía
Demandado : Empresa Avícola AVIROSI
Distrito : Tarija
Magistrado Relator : Dr. Antonio Guido Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación y/o nulidad en el fondo de fs. 136 a 138 vta., interpuesto por Franklin Luis Gutiérrez Carvallo, en representación legal de Juan Carlos Quiroga Verdun, propietario de la Empresa Ávila AVIROSI, contra el Auto de Vista de 30 de noviembre de 2010 (fs. 131 a 133), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija; dentro el proceso laboral por pago de beneficios sociales y otros derechos laborales seguido por Raúl Álvarez Mejía, contra la Empresa Avícola AVIROSI, representada por su propietario Juan Carlos Quiroga Verdun; la respuesta de fs. 142; el Auto de fs. 143, que concedió el recurso; los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1 Sentencia
Que, tramitado el proceso laboral por pago de beneficios sociales y otros derechos laborales, la Juez Segundo de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Tarija, emitió Sentencia de 05 de julio de 2010, cursante de fs. 107 a 108, por la que declaró probada en parte la demanda de fs. 1, e improbada la excepción de prescripción, con costas; en consecuencia, se ordena a la Empresa demandada, cancelar a Raúl Álvarez Mejía, la suma total de Bs.17.331.- (diecisiete mil trecientos treinta y uno 00/100 bolivianos), por los conceptos de indemnización, vacación y días feriados, conforme al detalle señalado en el mismo fallo.
I.2 Auto de Vista
Interpuestos los recursos de apelación por ambas partes del proceso, de fs. 112 a 113 y de fs. 118 y vta., mediante Auto de Vista de 30 de noviembre de 2010 (fs. 131 a 133), la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del Distrito de Judicial de Tarija, confirmó totalmente la Sentencia apelada, y que por mandato de la ley, dispuso se aplique la multa establecida por el Decreto Supremo (DS) No 28699; sin costas por existir doble recurso de apelación.
II. RECURSO DE CASACIÓN Y/O NULIDAD EN EL FONDO
Dicha resolución motivó el recurso de casación y/o nulidad en el fondo de fs. 136 a 138 vta., interpuesto por Franklin Luis Gutiérrez Carvallo, en representación legal de Juan Carlos Quiroga Verdun, propietario de la Empresa Avícola AVIROSI, de cuyo contenido se advierte que el recurrente cuestiona indistintamente aspectos de forma como de fondo, los mismos que desglosados en razón a su contenido se expresan de la siguiente manera:
II.1 Casación en la forma
Manifestó que, se violó el art. 90 del Código de Procedimiento Civil (CPC), al haberse pronunciado sobre aspectos que no se litigaron como son los subsidios prenatales; señaló que, no existen razones ni fundamentos para su pertinencia; en suma, no se ha dado cumplimiento al art. 202.a) del Código Procesal del Trabajo (CPT).
II.2 Casación en el fondo
1. Manifestó que, las papeletas de pago de fs. 39 a 42, demuestran el pago por los días feriados, habiendo cumplido sagrada, oportuna y anteladamente dicho pago e incluso los pagos dominicales, siendo que el cálculo que efectuó la Juez, ratificado por el Auto de Vista, en un número de 151 días, no corresponde; por lo que, la interpretación del Tribunal de Alzada en relación al art. 14 del DS No 21137 de 30 de noviembre de 1985, adolece de vicios de fondo e invalida dicho cálculo.
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