Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
AUTO SUPREMO N° 273
Sucre, 27 de julio de 2020
Expediente: 025/2020
Proceso: Contencioso
Demandante: Empresa Consultora Arquitectura e Ingeniería del Sur
“ARINSUR SRL”
Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Villamontes
Departamento: Tarija
Magistrado Relator: Lic. José Antonio Revilla
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 1038 a 1060 vta., interpuesto por Omar Y. Peñaranda Soruco, Alcalde y representante legal del Gobierno Autónomo Municipal de Villamontes, contra la Sentencia Nº 09/2019 de 29 de octubre de fs. 1030 a 1036, emitida por la Sala Social, SS, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro el proceso Contencioso de Pago de adeudado CAS Nº 18,19, 20 y 21 o de cierre, en los porcentajes correspondientes, el pago de interés moratorio en el pago del contrato y daños y perjuicios, seguido por la Empresa Consultora Arquitectura e Ingeniería del Sur “ARINSUR”, contra el Gobierno Autónomo Municipal de Villamontes, el Auto Interlocutorio Nº 01-C/2020 de 8 de enero que concedió el recurso, el Auto de 23 de enero de 2020 por el que se admitió el recurso de fs. 1078, y todo cuanto fue pertinente analizar:
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
Sentencia Nº 09/2019.
Presentado el proceso contencioso por la Empresa Arquitectura e Ingeniería del Sur -ARINSUR SRL., y tramitada la misma, Sala Social, SS, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, emitió la Sentencia Nº 09/2019 de 29 de octubre, que declaró PROBADA EN PARTE la demanda interpuesta disponiendo:
- 1.-El pago del saldo adeudado por los CAS Nº 18 y 19 y la totalidad de los CAS Nº 20 y 21.
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