Texto del fallo
SALA PENAL SEGUNDA
Auto Supremo Nº 274 Sucre, 16 de septiembre de 2010
Expediente: Oruro 55/2004
Partes: Ministerio Publico, Honorable Alcaldía Municipal de Poopo / José Ordóñez Ríos.
Delitos: Hurto.
VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 21 de junio de 2004 (fojas 565 a 567) por José Ordóñez Ríos, impugnando el Auto de Vista emitido el día 11 del mismo y año (fojas 561 a 562) por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro en el proceso seguido contra su persona a querella del Alcalde Municipal de Poopó, Provincia Poopó del Departamento de Oruro, con imputación por comisión del delito de hurto.
CONSIDERANDO: que para la emisión de la resolución que al respecto corresponda, se cuenta con los siguientes datos:
1.- El proceso de referencia, tramitado con sujeción a las reglas del Código de Procedimiento Penal de 1972, tuvo comienzo en la fase de Sumario con Auto de Procesamiento de 3 de septiembre del año 2000 (fojas 859) y, al término del Plenario, concluyó en primera instancia el 22 de abril de 2004 (fojas 536 a 538) con sentencia que absolvió de culpa y pena al imputado respecto a la comisión del mencionado delito de hurto tipificado por el artículo 326 del Código Penal.
2.- Ante recurso de apelación que contra esa sentencia interpuso Florencio Quispe Adrián en representación de la Alcaldía de Poopó, el Tribunal de Alzada anuló la resolución cuestionada y dictó en su reemplazo nuevo fallo que declaró al imputado autor del delito que le fue atribuido y lo condenó por ello a la pena de tres años de reclusión, lo cual dio origen al planteamiento del recurso de casación que es motivo de autos que, por tal razón, radicó en la entonces Sala Penal única de esta Corte Suprema de Justicia el 27 de agosto de 2004 (fojas 571).
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