Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 276/2016-RA
Sucre: 31 marzo 2016
Expediente: CB - 17 - 16 – S
Partes: Arturo Antonio Zurita Castellón c/ Jorge López Saavedra.
Proceso: Mejor Derecho y otro.
Distrito: Cochabamba
VISTOS: Los recursos de casación de fs. 610 a 615 y vta., formulado por Jorge López Saavedra y el de fs. 620 a 623 y vta., deducido por Marcos Aras Arostegui, Carlos Paniagua Quinteros contra el Auto de Vista Nº 98, de 04 de noviembre de 2015 que cursa de fs. 597 a 599 y vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, en el proceso de mejor derecho de propiedad y otro seguido por Arturo Antonio Zurita Castellón, en contra del recurrente, la concesión de fs. 635, los antecedentes del proceso;
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
En base a la demanda de mejor derecho de propiedad y reivindicación de fs. 16 a 17, se inicia el proceso, que fue contestado por el demandado en escrito de fs. 124 a 127 y vta., desarrollándose el mismo hasta pronunciarse Sentencia de 23 de diciembre de 2014 (fs. 348 a 355 y vta.), que declara probada la demanda principal de mejor derecho de propiedad y reivindicación, improbada la reconvención de usucapión quinquenal y acción negatoria, improbadas las excepciones perentorias de fs. 124 a 127 y las de formuladas por la defensora de oficio, disponiendo que el demandado debe entregar el inmueble objeto de litis al actor en el plazo de 90 días.
La mencionada Resolución de primera instancia es recurrida de apelación por el actor el demandado en base al cual se emite el Auto de Vista de fs. 597 a 599 y vta., que anula el Auto de concesión del recurso de apelación en consideración a que el recurso en el efecto diferido no fue protestado en apelación de Sentencia y respecto a la impugnación de fondo no se advertiría la expresión de agravios, fallo que a su vez es recurrido de casación.
II. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN:
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