Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 279/2022
Sucre, 26 de mayo de 2022
Expediente: SC-CA.SAII- CBBA. 183/2022.
Distrito: Cochabamba.
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 469 a 478, interpuesto por Alberto Muriel Reinaga en representación legal de la Industria Beneficiadora de Madera “Ibema Eximport S.R.L.”, contra el Auto de Vista Nº 140/2021 de 22 de septiembre de fs. 464 a 466 vta., pronunciado por la Sala Primera Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso por pago de beneficios sociales seguido por Fermín Galarza Tapia contra la entidad recurrente, el Auto de 7 de marzo de 2022 a fs. 481 que concedió el recurso, el Auto Supremo Nº 183/2022-A de 13 de abril de fs. 488 y vta., que admitió la casación, los antecedentes del proceso; y
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso.
I.1.1. Sentencia.
Que, tramitado el proceso laboral, la Juez de Trabajo y Seguridad Social Primero de Quillacollo del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emitió la Sentencia N° 23/2021 de 16 de marzo de fs. 443 a 445 vta., declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fs. 23 a 25, aclarada de fs. 33, respecto al pago de indemnización, aguinaldo y vacaciones, e IMPROBADA la demanda respecto al pago de aportes de la AFP, y PROBADA EN PARTE la excepción de pago, conminándose a la Entidad demandada al pago de beneficios sociales en favor de Fermín Galarza Tapia por concepto de:
Tiempo de Trabajo
12 años, 10 meses y 21 días
Sueldo Promedio Indemnizable
Bs. 3.983.-
Indemnización 4 años, 10 meses y 10 días
Bs. 19.261.-
Aguinaldo
Bs. 2.208.-
Vacación gestión 2018
Bs. 995.75.-
TOTAL
Bs. 22.464,75.-
Menos lo Recibido
Bs. 7.634,99.-
TOTAL
Bs. 14.829,76.-
Mas la sanción que establece el art. 9 del Decreto Supremo 28699 de 1 de mayo de 2006.
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