Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 284/2020
Sucre, 9 de julio de 2020
Expediente: SC-CA.SAII-LPZ. 52/2020
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 173 a 175, interpuesto por Julia Huayta Vda. De Mamani, contra el Auto de Vista Nº 176/2019 de 9 de septiembre, pronunciado por la Sala Tercera Social y Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso administrativo seguido por la recurrente contra el Servicio Nacional del Sistema de Reparto-SENASIR, el auto de fs. 180 vlta. que concedió el recurso, el Auto de Admisión N° 52/2020-A de 7 de febrero, fs. 191 y vlta., los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I:
I. Antecedentes del proceso
I.1. Resolución de la Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto- SENASIR.
Iniciado el trámite de Renta de Viudedad y Orfandad por Julia Huayta Vda. De Mamani, la Comisión Nacional de Prestaciones del SENASIR emitió la Resolución Nº 3055 de 09 de noviembre de 2017 (fs. 117 a 119), por la cual resolvió desestimar la Renta de Viudedad, en virtud a que la peticionante no convivió con el causante los dos últimos años previos a su fallecimiento; así como la renta de Orfandad para el menor David Carlos Mamani Huayta, por no ser hijo del causante y haber sido reconocido cuando debió tramitarse el proceso jurídico de adopción, ya que el reconocimiento es un acto jurídico que se efectúa en favor del hijo biológico de acuerdo a ley.
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