Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 285/2020
Sucre: 15 de julio de 2020
Expediente: CH-12-20-A.
Partes: Marcelino Bayo Serrudo c/ Ubaldo Pascual, Juan, Carlos, María Felicia y Juana todos Bayo Alarcón y Andrea Alarcón Estrada.
Proceso: División y partición, colación por imputación y entrega de herencia.
Distrito: Chuquisaca.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 868 a 872, interpuesto por Ubaldo Pascual, Juan, Carlos, María Felicia y Juana todos Bayo Alarcón, y Andrea Alarcón Estrada Vda. de Bayo representada por Janisse Peralta Velasco contra el Auto de Vista N° 42/2020 de 06 de febrero, cursante de fs. 864 a 865, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro el proceso ordinario sobre división y partición, colación por imputación y entrega de herencia seguido por Marcelino Bayo Serrudo contra los recurrentes; la contestación de fs. 876 a 877 vta.; el Auto de concesión a fs. 881; el Auto Supremo de Admisión Nº 99/2020-RA de 16 de marzo; todo lo inherente; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Marcelino Bayo Serrudo de fs. 727 a 730, interpuso demanda de división y partición, colación por imputación y entrega de herencia contra Ubaldo Pascual, Juan, Carlos, María Felicia y Juana todos Bayo Alarcón y Andrea Alarcón Estrada. habiendo los demandados opuesto excepciones previas y reconvinieron la prescripción de la declaratoria de herederos, trámite que concluyó con el Auto Definitivo de 23 de abril de 2019, cursante de fs. 835 a 837, que declaró por desistida la reconvención.
Mostrando 12 de 58 parrafos.