Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 289/2021
Sucre, 23 de abril de 2021
Expediente: SC-CA.SAII-CBBA. 127/2021
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fojas 205 a 209 vuelta, deducido por María Patricia Arce Guzmán Alcaldesa del Gobierno Autónomo Municipal de Vinto a través de su apoderado, impugnando el Auto de Vista N° 035/2020 de 18 de marzo, pronunciado por la Sala Primera, Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba (fojas 191 a 195), dentro del proceso social por pago beneficios sociales, seguido por Cesar Felipe Arrazola Ríos contra la entidad recurrente, el Auto de 30 de octubre de 2020 (fojas 211), que concedió el recurso, el Auto N° 127/2021-A de 1 de marzo que admitió el recurso (fojas 241 y vuelta), los antecedentes del proceso y,
CONSIDERANDO I.
I.1.Antecedentes del proceso. Sentencia.
Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza de Partido del Trabajo y Seguridad Social Nº 1 de La Paz, emitió la Sentencia N° 43/2019 de 27 de febrero (fojas 169 a 172 vta.), declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fojas 5 a 6 respecto al pago de beneficios sociales de indemnización e IMPROBADA con respecto al pago de bono antigüedad. E IMPROBADA LA EXCEPCION PERENTORIA DE PAGO Y PRESCRIPCION.
En consecuencia, dispuso que el Gobierno Autónomo Municipal de Vinto, a través de su representante legal María Patricia Arce Guzmán, deberá pagar a favor del demandante, los derechos y beneficios sociales que corresponden, de acuerdo con la siguiente liquidación:
Cesar Felipe Arrazola Rios
Tiempo de Trabajo: 01 de enero de 1984 al 08 de febrero de 2.017
Sueldo promedio indemnizable: 2.936,99
Indemnización: 33 años, 1 mes y 8 días Bs. 97.229,67
TOTAL Bs. 97.229,67
I.2. Auto de Vista.
En grado de apelación por ambas partes, por Auto de Vista Nº 035/2020 de 18 de marzo (fojas 191 a 194 vuelta), la Sala Primera Social y Administrativa Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, CONFIRMÓ la Sentencia N° 43/2019 de 27 de febrero (fojas 169 a 172 vta.).
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