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TSJ

AS/0289/2022-RA

Tribunal Supremo de Justicia
3 de mayo de 2022Civil
Proceso
Nulidad de proceso interdictal por fraude procesal
Sala
Civil
Año
2022

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 289/2022-RA

Fecha: 03 de mayo de 2022

Expediente: SC-30-22-S

Partes: Deysi Ulloa Vda. de Alpire c/ Oscar Yimi Alpire Ulloa y Jenny Chávez

Arza.

Proceso: Nulidad de proceso interdictal por fraude procesal.

Distrito: Santa Cruz.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 1579 a 1580, interpuesto por Oscar Yimi Alpire Ulloa, contra el Auto de Vista N° 108/2021 de 05 de noviembre, corriente en fs. 1571 a 1576, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso ordinario de nulidad de proceso interdictal por fraude procesal, seguido por Deysi Ulloa Vda. de Alpire contra el recurrente y Jenny Chávez Arza, la contestación saliente de fs. 1584 a 1585 vta., el Auto de concesión de 06 de abril de 2022, cursante a fs. 1586, todo lo inherente; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Mediante memorial de demanda cursante de fs. 1143 a 1147 vta., Deysi Ulloa de Alpire inició proceso ordinario de nulidad de proceso interdictal por fraude procesal contra Oscar Yimi Alpire Ulloa y Jenny Chávez Arza, quienes una vez citados, el recurrente contestó negativamente, opuso excepciones por demanda defectuosa, falta de legitimidad e impersonería en la demanda según escrito de fs. 1219 a 1220 vta., y de 2128 a 1229 vta., y Jenny Chávez Arza mediante memorial saliente a fs. 1244 se apersonó para estar a derecho, desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 102/2021 de 30 de marzo, cursante de fs. 1517 a 1523 vta., en la que la Juez Público Civil y Comercial 28° de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, declaró PROBADA la demanda sobre nulidad de proceso interdictal de recobrar la posesión por fraude procesal.

2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Oscar Yimi Alpire Ulloa mediante escrito cursante de fs. 1529 a 1532, originó que la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista N° 108/2021 de 05 de noviembre, cursante de fs. 1571 a 1576, CONFIRMANDO la Sentencia apelada.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Oscar Yimi Alpire Ulloa, según escrito que sale de fs. 1579 a 1580 respectivamente, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

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Datos del proceso

Demandante
Deysi Ulloa Vda. de Alpire
Demandado
Oscar Yimi Alpire Ulloa y Jenny Chávez Arza
Proceso
Nulidad de proceso interdictal por fraude procesal
Tribunal Supremo de Justicia3 de mayo de 2022AS/0289/2022-RAFuente oficial