Volver a sentencias
TSJ

AS/0290/2022-RA

Tribunal Supremo de Justicia
3 de mayo de 2022Civil
Proceso
Nulidad parcial de documento privado de compra venta
Sala
Civil
Año
2022

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 290/2022-RA

Fecha: 03 de mayo de 2022.

Expediente: CB-15-22-S

Partes: Neiza Fátima Campos Alfaro c/ Irma Alfaro Hinojosa Vda. de Campos, Marlene Irma, Jorge Reynaldo, Sandra Patricia y Jenny Paola, todos de apellidos Campos Alfaro.

Proceso: Nulidad parcial de documento privado de compra venta.

Distrito: Cochabamba.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 197 a 204, interpuesto por Neiza Fátima Campos Alfaro impugnando el Auto de Vista Nº 064/2022 de 28 de septiembre de fs. 183 a 188 vta., emitido por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, en el proceso ordinario de nulidad parcial de documento privado de compra venta, seguido por la recurrente contra Irma Alfaro Hinojosa Vda. de Campos, Marlene Irma, Jorge Reynaldo, Sandra Patricia y Jenny Paola, todos Campos Alfaro; la contestación al recurso de casación de fs. 207 a 211; el Auto de concesión de 05 de abril de 2022 a fs. 214, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Neiza Fátima Campos Alfaro por memorial de fs. 42 a 43 vta., subsanado a fs. 46 y 51, inició demanda ordinaria de nulidad parcial de documento privado de compra venta; una vez admitido y citados los demandados; fue contestado negativamente por Irma Alfaro Hinojosa Vda. de Campos, Marlene Irma, Sandra Patricia y Jenny Paola, todos Campos Alfaro, por escrito de fs. 72 a 78; y Jorge Reynaldo Campos Alfaro, no negó ni se allanó a la demanda, solicitando se determine “lo que en derecho corresponde (…)” (sic); desarrollándose de esta manera la causa hasta dictarse la Sentencia N° 77/2020 de 10 de noviembre de fs. 130 a 136 vta., donde la Juez Público, Civil y Comercial N° 25 de la ciudad de Cochabamba, declaró IMPROBADA la demanda, con costas y costos.

2. Resolución de primera instancia que fue apelada por Neiza Fátima Campos Alfaro según memorial de fs. 140 a 146; y en su mérito la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, pronunció el Auto de Vista Nº 064/2022 de 28 de septiembre de fs. 183 a 188 vta., que CONFIRMÓ la Sentencia, con costas y costos.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Neiza Fátima Campos Alfaro por memorial de fs. 197 a 204, que es objeto de examen para su admisión.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

En el marco de lo preceptuado por el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida sino también su legalidad; empero, no se debe dejar de lado el hecho de que este principio, en determinados casos se encuentra limitado por diferentes factores, tal es el caso del recurso de casación que, al ser asimilado a una nueva demanda de puro derecho, deben ser analizados ciertos requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico haciendo una interpretación integral de los arts. 271 al 275 del Código Procesal Civil, concluyéndose que los requisitos a ser analizados son que la resolución admita recurso de casación, el plazo de interposición del recurso, la legitimación procesal para impugnar y el contenido o expresión de reclamos en el recurso de casación.

Mostrando 17 de 33 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro.

  • Sentencias completas del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Neiza Fátima Campos Alfaro
Demandado
Irma Alfaro Hinojosa Vda. de Campos, Marlene Irma, Jorge Reynaldo, Sandra Patricia y Jenny Paola, todos de apellidos Campos Alfaro
Proceso
Nulidad parcial de documento privado de compra venta
Tribunal Supremo de Justicia3 de mayo de 2022AS/0290/2022-RAFuente oficial