Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 291/2020
Sucre, 9 de julio de 2020
Expediente: SC-CA.SAII-PDO. 48/2020
Distrito: Pando
Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación en el fondo interpuesto por los representantes del Gobierno Autónomo Municipal de Porvenir, cursante de fs. 106 a 107 vta., contra el Auto de Vista Nº 293/19 de 31 de octubre de 2019, cursante de fs. 102 a 103, emitido por la Sala Civil, Social, de Familia Niño Niña y Adolescente, Contenciosa y Contencioso Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro el proceso social por reintegro salarial, aguinaldo y subsidio de frontera, seguido por Evelin Urgel Torrez contra la entidad municipal recurrente, el auto que concede el referido medio de impugnación, cursante a fs. 111 vta., el Auto Nº 48/2020-A de 7 de febrero, de fs. 119 y vta., mediante el cual se admite el referido recurso, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I.
I.1.Antecedentes del proceso.
Evelin Urgel Torrez, por memorial de fs. 4 a 5, refiere que, empezó a trabajar desde el 2 de enero de 2014 en el municipio recurrente, con un salario mensual de Bs. 1.500, habiendo prestado servicios durante 4 años y 22 días, añade que ha trabajado dentro de los alcances del DS 21127 de 30 de noviembre de 1985, y no se le ha cancelado el subsidio de frontera, al igual que el pago del aguinaldo y el reajuste salarial.
El Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Cobija, por Auto 85 de 24 de enero de 2018, cursante a fs. 5 vta., admite la demanda y corre traslado a la parte contraria, quien por escrito de fs. 17 a 18, opone excepciones previas de imprecisión y contradicción en la demanda, que fueron rechazadas por extemporáneas, por decreto de 20 de febrero de 2018 y al no ser impugnada, adquirió calidad de cosa juzgada.
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