Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
AUTO SUPREMO Nº 293
Sucre, 21 de mayo de 2021
Expediente : 100/2021 - C
Demandante : Asociación Accidental “Campanario”
Demandado : Sub Gobernación de Bermejo
Proceso : Contencioso
Departamento : Tarija
Magistrado Relator : Lic. José Antonio Revilla Martínez
VISTOS: El recurso de casación de fs. 572 a 575, interpuesto por la Sub Gobernación de Bermejo, representada por Never Eberto Vega Salinas, impugnando la Sentencia N° 09/2020 de 19 de noviembre, de fs. 556 a 559, emitida por la Sala Social SS, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso contencioso seguido por la Asociación Accidental “Campanario” contra la entidad recurrente; el Auto Interlocutorio N° 04/2021 de 18 de enero, de fs. 590, que concedió el recurso de casación; el Auto de 26 de febrero de 2021, de fs. 610, que admitió el recurso, los antecedentes del proceso; y todo lo que fue pertinente analizar:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
Sentencia
Tramitado el proceso contencioso, la Sala Social SS, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, emitió la Sentencia N° 09/2020 de 19 de noviembre, de fs. 556 a 559, que declaró PROBADA en parte la demanda; disponiendo que:
- a)La Sub Gobernación de Bermejo, representada por Never Eberto Vega Salinas, cancele en favor de la Asociación Accidental “Campanario”, la suma de Bs8´586.245,77, por concepto de pago de la planilla N° 4 (parcialmente), 5, 6, 7, 8 y 9 (planilla de cierre), a efectivizarse dentro del tercer día de ejecutoriada la Sentencia.
- b)El pago de intereses pactados conforme estipula la Cláusula Vigésima Octava del Contrato.
- c)No ha lugar el pago de daños y perjuicios por no estar demostrado.
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