Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 294/2021
Fecha: 08 de abril de de 2021
Expediente: SC-11-21-S
Partes: ASCOR S.R.L. representada por Oscar Mauricio Valenzuela Pérez c/
CONSARQ S.A. representada por Erika Alejandra Backhaus Camacho y
Edwin Santos Saavedra Toledo.
Proceso: Cumplimiento de contrato más cobro de intereses por daños y perjuicios.
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 413 a 415, interpuesto por CONSARQ S.A. representada por Marco Antonio Miguel López Gonzáles, contra el Auto de Vista Nº 79/2020 de 13 de agosto, cursante de fs. 409 a 410, pronunciado por la Sala Tercera Civil, Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso de cumplimiento de contrato más cobro de intereses por daños y perjuicios seguido por ASCOR S.R.L. representada por Oscar Mauricio Valenzuela Pérez contra la entidad recurrente, el Auto de concesión de 25 de noviembre de 2020, cursante a fs. 419, el Auto Supremo de Admisión Nº 126/2021-RA, de 17 de febrero cursante de fs. 425 a 426 vta., todo lo inherente y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
1. Con base en la demanda cursante de fs. 80 a 83 vta., ASCOR S.R.L. representada por Oscar Mauricio Valenzuela Pérez inició proceso de cumplimiento del contrato suscrito el 16 de diciembre de 2013 con CONSARQ S.A. (Construcciones y Arquitectura), para ejecutar trabajos de implementación del sistema de protección catódica al loop de 35 km en 12’’ entre las localidades de Tiguipa y Ñancaroinza y un loop de 40 Km de 12’’ entre las localidades de Ñancaroinza y Rio Cuevo, por el precio libremente convenido de $us 44.918, de los cuales $us 18.009 serían pagados como anticipo y el resto según el avance de obra. Pretendiendo se honre la cancelación de Bs. 89.813,50 que no fue pagada más la imposición de intereses por daños y perjuicios, acción dirigida contra la Sociedad Construcciones y Arquitectura CONSARQ S.A. quien una vez citada con la demanda, respondió negativamente de fs. 322 a 325, desarrollándose de esta manera el proceso hasta que la Juez Público Civil y Comercial Nº 15 de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, pronunció Sentencia Nº 32/2019 de 11 de agosto, cursante de fs. 378 a 380 declarando PROBADA en parte la demanda de cumplimiento de contrato e improbada en cuanto al pago de daños y perjuicios, disponiendo que CONSARQ S.A. dé y pague a favor del demandante dentro el tercero día de ejecutoriado el fallo la suma de Bs. 89.813,50.- más intereses legales hasta el tiempo de su efectivización que serán liquidados en ejecución de sentencia.
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