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TSJ

AS/0300/2017-RA

Tribunal Supremo de Justicia
22 de marzo de 2017CivilMag. Rómulo Calle Mamani
Proceso
Resarcimiento de Daños y Perjuicios.
Sala
Civil
Año
2017

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 300/2017-RA

Sucre: 22 de marzo 2017

Expediente: SC-38-17–A

Partes: Raquel Verónica Toro Canedo y Otros. c/ COTAS LTDA.

Proceso: Resarcimiento de Daños y Perjuicios.

Distrito: Santa Cruz.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 321 a 323 y vta., interpuesto por Saúl Antelo Torrico, Gerente General, por sí mismo y por Iván Nicolás Uribe Rivero (Presidente de Administración), en representación de la Cooperativa de Telecomunicaciones Santa Cruz Limitada (COTAS LTDA.) (co-demandados), y el recurso de casación de fs. 325 a 326 y vta., interpuesto por Rubén Marcelo Chávez Sierra, “Director Regional a.i. de la Unidad Administrativa AASANA Santa Cruz (U.A.D.A.S.C.)”, (co-demandado) contra el Auto de Vista Nº 402/2016 de fecha 17 de noviembre de 2016 cursante de fs. 318 a 319 y vta., pronunciado por la Tercera Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso de Resarcimiento de Daños y Perjuicios seguido por Raquel Verónica Toro Canedo, por si y en representación de Raquel Carolina Virreira Toro y Mario Alejandro Virreira Toro contra Saúl Antelo Torrico, Gerente General, por sí mismo y por Iván Nicolás Uribe Rivero (Presidente de Administración), en representación de la Cooperativa de Telecomunicaciones Santa Cruz Limitada (COTAS LTDA.), la concesión de fs. 342, los antecedentes del proceso, y:

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

Que tramitada la causa de referencia, mereció el Auto 854/2015 de fecha 05 de noviembre de 2015, cursante de fs. 197 a 198, y el Auto de explicación y enmienda de fecha 15 de enero de 2016 de fs. 284, que declaró Probada la excepción de prescripción interpuesta por Saúl Antelo Torrico, Gerente General, por sí mismo y por Iván Nicolás Uribe Rivero (Presidente de Administración), en representación de la Cooperativa de Telecomunicaciones Santa Cruz Ltda., ordenándose en ejecución de fallos el archivo y el levantamiento de las medidas precautorias dispuestas; Resolución de primera instancia que al ser apelada por los actores, fue resuelto por Auto de Vista Nº 402/2016 de fecha 17 de noviembre de 2016 cursante de fs. 318 a 319 y vta., que Revoca totalmente la Resolución impugnada; fallo de segunda instancia que fue recurrida de casación por Saúl Antelo Torrico, Gerente General, por sí mismo y por Iván Nicolás Uribe Rivero (Presidente de Administración), en representación de la Cooperativa de Telecomunicaciones Santa Cruz Limitada (COTAS LTDA.), y el recurso de casación interpuesto por Rubén Marcelo Chávez Sierra, “Director Regional a.i. de la Unidad Administrativa AASANA Santa Cruz (U.A.D.A.S.C.)”, (co-demandados), que es objeto de análisis de la presente Resolución en relación a los requisitos de admisibilidad.

II. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN:

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Datos del proceso

Demandante
Raquel Verónica Toro Canedo y Otros.
Demandado
COTAS LTDA.
Proceso
Resarcimiento de Daños y Perjuicios.
Magistrado relator
Rómulo Calle Mamani
Tribunal Supremo de Justicia22 de marzo de 2017AS/0300/2017-RAFuente oficial