Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 300/2020
Sucre, 9 de julio de 2020
Expediente: SC-CA.SAII-PDO. 55/2020
Distrito: Pando
Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación de fs. 104 a 105 vlta., interpuesto por Alex Jorge Sánchez Iraizos, en virtud del Testimonio Poder Nº 269/2017 de 18 de abril de 2017, otorgado por la Notaría de Fe Pública de Primera Clase Nº 3, a cargo de la Dra. Eva Romero Saavedra, en representación de Luis Gatty Ribeiro Roca, Alcalde Municipal de Cobija, contra el Auto de Vista Nº 290/2019 de 28 de octubre de 2019, pronunciado por la Sala Civil, de Familia, Social, Niña, Niño y Adolescente, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso laboral de pago de beneficios y derechos sociales, seguido por Yasmín Carmen Mallo Mollinedo, el Auto de 15 de enero de 2020, que concedió el recurso (Fs. 112 vlta.), el Auto N° 55/2020-A de 10 de febrero que admitió el recurso (Fs. 117 y vlta.), los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I.
I.1.Antecedentes del proceso.
Yasmín Carmen Mallo Mollinedo, en su escrito de fs. 33 a 35, demanda pago de beneficios sociales y derechos laborales. El Juez por Auto de 21 de julio de 2017 cursante a fs. 35 y vlta, admite la demanda y corre traslado a la parte contraria, quien por escrito de fs. 47 a 48 vlta., formula excepción previa de incompetencia e imprecisión en la demanda, así como también responde la demanda, negando sus extremos. Por auto de 15 de septiembre de 2017, el Juez de Partido del Trabajo y SS de la Capital, declara improbadas las excepciones planteadas.
Cumplidas las formalidades procesales, el Juez emitió la Sentencia Nº 61/2018 de 21 de febrero, cursante de fojas 67 a 71, que declara PROBADA en parte la demanda de fs. 33 a 35, sin costas, en consecuencia el municipio demandado deberá cancelar lo que se aprueba conforme a la siguiente liquidación:
Tiempo de Trabajo: 4 años, 6 meses y 12 días
Salario indemnizable: 2.520
Indemnización
11.423
Aguinaldo 6 meses
1.260
Vacación 6 meses-2017
630
Subsidio de Frontera
20%
2012-12 meses- salario Bs. 1.800
4.320
2013-12 meses-salario Bs. 1.800
4.320
2014-12 meses-salario Bs. 2.200
5.280
2015-12 meses-salario Bs. 2.200
5.280
2016-12 meses-salario Bs. 2.200
5.280
TOTAL
37.793
I.2. Auto de Vista.
Deducido el recurso de apelación, la Sala Civil, de Familia, Social, Niña, Niño y Adolescente, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, mediante Auto de Vista Nº 290/2019 de 28 de octubre, CONFIRMA la sentencia apelada Nº 61/2018 de 21 de febrero, con la modificación que se incluye por desahucio Bs. 7.560 y por bono de antigüedad Bs. 315, por lo que el monto total que debe pagar el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija a Yasmin Carmen Mallo Mollinedo es de Bs. 45.668, sea dentro del plazo que prevé la sentencia de primera instancia.
I.3. Motivos del recurso de casación.
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