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TSJ

AS/0303/2011

Tribunal Supremo de Justicia
11 de mayo de 2011Penal IMag. Norka Natalia Mercado Guzmán
Proceso
Sala
Penal I
Año
2011

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Texto del fallo

SALA PENAL PRIMERA

Auto Supremo: No. 303

Fecha : Sucre, 11 de mayo de 2011

Expediente : Nro. 60/08

Distrito : Potosí

VISTOS: el Recurso de Casación formulado por Margarita Quíspe Copa de fojas 65 a 66 vuelta, impugnando el Auto de Vista Nº 52/2008 de 04 de diciembre de 2008, emitido por la Sala Penal Primera del Distrito Judicial de Potosí, dentro del proceso de acción privada seguido en contra de la recurrente por Zenobia Ramos Bravo, con imputación por la comisión del delito de Injuria, previsto y sancionado en el artículo 287 del Código Penal, los antecedentes del proceso; y

CONSIDERANDO: que, el artículo 416 de la Ley Nº 1970, establece que el Recurso de Casación, procede para impugnar Autos de Vista dictados por las Corte Superiores de los Distritos Judiciales, que sean contrarios a otros precedentes pronunciados por las Salas Penales de las Cortes Superiores o de la Corte Suprema de Justicia, entendiéndose que existe contradicción cuando en una situación de hecho similar el sentido jurídico que se asigna al Auto de Vista impugnado no coincida con el ó los precedentes invocados, sea por haberse aplicado normas distintas o una misma norma con diverso alcance; a su vez el artículo 417 del mismo cuerpo legal, determina que el Recurso de Casación deberá interponerse dentro de los cinco días siguientes a la notificación con el Auto de Vista impugnado y en dicho memorial de impugnación deberá señalar la contradicción existente entre el fallo recurrido y el precedente invocado en términos precisos.

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Criterio

Si bien, la recurrente adjuntó copia de su Apelación Restringida donde invocó precedentes contradictorios y de la misma forma lo hizo en el recurso que se analiza; empero, los Autos Supremos Nº 431 de 15 de octubre de 2005 y 241 de 6 de julio de 2006, no pueden constituir precedentes contradictorios válidos, toda vez que las situación de los hechos no son similares al caso de Autos

Datos del proceso

Magistrado relator
Norka Natalia Mercado Guzmán

Descriptores

Derecho Penal / Derecho Procesal Penal / Recursos / Recurso de casación / Etapa de admisión / Inadmisibilidad / Por no invocar precedentes contradictorios
Tribunal Supremo de Justicia11 de mayo de 2011AS/0303/2011Fuente oficial