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TSJ

AS/0306/2009

Tribunal Supremo de Justicia
16 de marzo de 2009Penal IIMag. Norka Natalia Mercado Guzmán
Proceso
Transporte de Sustancias Controladas
Sala
Penal II
Año
2009

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Texto del fallo

SALA PENAL SEGUNDA

Auto Supremo Nº 306 Sucre, 16 de marzo de 2009

Expediente: Cochabamba 97/03

Partes: Ministerio Público c/ Flora Peredo Siancas

Delito: Transporte de Sustancias Controladas

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VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 18 de mayo de 2003 8fojas 122) por Flora Peredo Siancas, impugnando el Auto de Vista emitido el 2 de abril de ese año (fojas 119) por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba en el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra la recurrente con imputación por comisión del delito de transporte de sustancias controladas.

CONSIDERANDO: que el recurso de referencia tuvo origen en los siguientes antecedentes: 1.-El Ministerio Público presentó imputación formal ante Juez de Instrucción de Ivirgarzama, Provincia Chapare del Departamento de Cochabamba, el 31 de marzo de 2001 (fojas 25 a 26) contra Flora Peredo Siancas con imputación por transporte de las sustancias controladas consistentes en carbonato de sodio, ácido sulfúrico y cal. 2.- Tramitada la causa respectiva, el Juzgado Segundo de Partido de Sustancias Controladas de la ciudad de Cochabamba dictó sentencia el 9 de enero de 2003 (fojas 107 a 108 vuelta) condenando a la imputada a la pena de ocho años de presidio. 3.- Dicha sentencia fue confirmada por el Tribunal de Alzada en fase de conocimiento de recurso de apelación, originando por ello la presentación del indicado recurso, el cual radicó en la entonces Sala Penal única de esta Corte Suprema de Justicia el 17 de junio de 2003 (fojas 125). 4.- Habiendo el caso pasado en Vista al Ministerio Público, el Fiscal Adjunto de la Fiscalía General de la República emitió criterio al respecto el 20 de febrero de 2004 (fojas 126 a 127) en sentido de que se declare improcedente dicho petitorio.

Que el proceso que motivó ese recurso se inició hace más de siete años con las reglas del régimen procesal penal anterior, sin que hasta la fecha exista sentencia condenatoria ejecutoriada, razón por la cual corresponde aplicar la previsión contenida en la Disposición Transitoria Tercera del Código de Procedimiento Penal que prescribe que las causas tramitadas con sujeción a ese sistema deben terminar en el lapso de cinco años computables desde el 31 de mayo de 1999 en que ese Código se publicó.

Que la misma disposición señala que los Jueces deben constatar de oficio o a solicitud de parte el transcurso de ese lapso y, si tal hecho resulta comprobado, tienen que declarar la extinción del proceso y ordenar que se proceda al archivo de obrados.

POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con las consideraciones precedentes y con la concurrencia del doctor Teófilo Tarquino Mújica Ministro de la Sala Penal Primera, convocado al efecto en ejercicio de sus atribuciones, DECLARA EXTINGUIDA la acción penal sustanciada por el Ministerio Público contra Flora Peredo Siancas con imputación por comisión del delito de transporte de sustancias controladas, y DISPONE que se proceda al archivo de obrados y se cancelen las medidas jurisdiccionales que se hubieran impuesto en relación a ese caso.

Regístrese, hágase saber y devuélvase

Firmado: Dr. José Luis Baptista Morales

PRESIDENTE DE LA SALA PENAL SEGUNDA

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Firmado: Dr. Teófilo Tarquino Mújica

MINISTRO DE LA SALA PENAL PRIMERA

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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Criterio

Que el proceso que motivó ese recurso se inició hace más de siete años con las reglas del régimen procesal penal anterior, sin que hasta la fecha exista sentencia condenatoria ejecutoriada, razón por la cual corresponde aplicar la previsión contenida en la Disposición Transitoria Tercera del Código de Procedimiento Penal que prescribe que las causas tramitadas con sujeción a ese sistema deben terminar en el lapso de cinco años computables desde el 31 de mayo de 1999 en que ese Código se publicó.

Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
Flora Peredo Siancas
Proceso
Transporte de Sustancias Controladas
Magistrado relator
Norka Natalia Mercado Guzmán

Descriptores

Derecho Penal / Derecho Procesal Penal / Elementos comunes de procedimiento / Excepciones / Extinción de la acción penal / Declara extinguida la acción penal
Tribunal Supremo de Justicia16 de marzo de 2009AS/0306/2009Fuente oficial