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TSJReiteradora

AS/0306/2020

Tribunal Supremo de Justicia
27 de julio de 2020Social 1era

Máxima

INAPLICABILIDAD DEL "PER SALTUM"/ Las violaciones que se acusan deben ser previamente reclamadas ante el Tribunal de Alzada, a objeto de que estos tomen aprehensión de…

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Resumen del caso

Derecho Administrativo / Derecho Procesal Administrativo / Proceso Coactivo Fiscal / Recursos / Casación / Improcedente / Por preclusión

El recurrente señala que dentro del dictamen de responsabilidad civil, emitido por la Contraloría General de la República, el informe No GS/EN01/197 C1 o Informe complementario, nunca fue de su conocimiento, por no habérsele notificado como exige el art. 39 y 40 del Reglamento para el Ejercicio de l…

Proceso
Coactivo Fiscal

Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM, SOCIAL Y ADM PRIMERA

Auto Supremo Nº 306

Sucre, 27 de julio de 2020

Expediente : 520/2019 C-F

Demandante : Gobierno Autónomo Municipal de Porongo

Demandado : Edmundo Silvio Rojas Aguilera y otros.

Proceso : Coactivo Fiscal

Departamento : Santa Cruz

Magistrado Relator : Lic. José Antonio Revilla Martinez

VISTOS: Los recursos de casación en el fondo y en la forma y el de nulidad de fs. 491 a 494 y de fs. 501 a 504, interpuestos por Edmundo Silvio Rojas Aguilera y Hernán Gutiérrez Viveros, respectivamente, contra el Auto de Vista Nº 415 de 1º de noviembre de 2007, de fs. 482 a 483, pronunciado por la Sala Social Administrativa de la ex Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, dentro del proceso coactivo fiscal, por Disposición Arbitraria de los Recursos del Estado, Daño Económico seguido por el Gobierno Autónomo Municipal de Porongo contra los recurrentes; Antonio Rolando Oyola Suarez, Edmundo Silvio Rojas Aguilera, Hernán Gutiérrez Viveros, Arnoldo Salvatierra Gutiérrez, Alejandro Moreno Arano, Jorge Valdivia Borda, Jorge Henrich Medina y Martin Freddy Banegas Villarroel; la contestación al recurso de fs. 532 a 534; el Auto N° 520/2019-CF de 7 de enero, a fs. 563 por el que se admite el recurso; Auto de 05 de diciembre de 2019 a fs. 554, por el que se conceden los recursos de casación; los antecedentes del proceso; y,

I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:

Sentencia:

Que, tramitado el proceso Coactivo Fiscal, el Juez Primero en Materia Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria de la ciudad de Santa Cruz, emitió la Sentencia de 20 de marzo de 2003 de fs. 372 a 374, declarando PROBADA EN PARTE la demanda coactiva fiscal de fs. 214 a 215 su ampliación de fs. 291 a 293 de obrados en consecuencia mantiene firme los cargos originales contemplados en las Notas de Cargo Nos. 03/2000; 04/2000; 05/2000 de fs. 217 a 219 y las Notas de Cargo Nos. 60/2001; 61/2001; 62/2001; 63/2001, 64/2001; 65/2001; 66/2001; 67/2001; 68/2001; 69/2001; 70/2001 y 71/2001 salientes de fs. 296 a 307 de obrados, disponiéndose al mismo tiempo se libre el correspondiente Pliego de Cargo.

Auto de Vista:

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Datos del proceso

Demandante
Gobierno Autónomo Municipal de Porongo
Demandado
Edmundo Silvio Rojas Aguilera y otros.
Proceso
Coactivo Fiscal
Magistrado relator
José Antonio Revilla Martinez
Tribunal Supremo de Justicia27 de julio de 2020AS/0306/2020Fuente oficial