Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 309/2021.
Sucre, 23 de abril de 2021
Expediente: SC-CA.SAII-CBBA. 104 /2021.
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torrez Echalar
VISTOS: El recurso de casación de fs. 352 a 357, interpuesto por Geysol Leticia Ortega Escalera en representación de Wilson Flores Lazarte contra el Auto de Vista 152/2020 de 19 de agosto, pronunciado por la Sala Primera Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso de pago de beneficios sociales seguido por Herminia Valdez Ortega contra el Wilson Flores Lazarte en representación legal de CODEPANA S.R.L., el Auto de 8 de enero de 2021 a fs. 366 que concedió el recurso, el a fs. 372 y vta., que admitió el recurso, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I:
I.- Antecedentes del proceso
I.1.- Sentencia
Que, tramitado el proceso laboral de pago de beneficios sociales, el Juez de Trabajo y Seguridad Social Cuarto de la Capital del departamento de Cochabamba, dictó la Sentencia 10/2019 de 28 de febrero, corriente de fs. 304 a 308, declarando Probada en parte la demanda de fs. 3 a 4 aclarada y modificada de fs. 28 a 29, con relación a los conceptos de desahucio, indemnización, duodécimas de aguinaldo de “Navidad” y segundo aguinaldo “Esfuerzo por Bolivia” de la gestión 2013 en forma doble por incumplimiento de su pago oportuno, sueldos adeudados del 15 al 30 de marzo, del 1 al 24 de abril, de 26 al 31 de mayo, del mes de junio, del 1 al 7 de julio, del 21 al 24 de julio, del 26 al 31 de agosto, de los meses de septiembre, octubre; y, del 1 al 15 de noviembre de 2013, actualización en base a la variación de la Unidad de Fomento a la Vivienda (UFV´s), vacaciones, actualización y multa de 30%; e Improbada en cuanto a la cancelación de vacaciones, aguinaldo de “Navidad” y segundo aguinaldo “Esfuerzo por Bolivia” de las gestiones 2014 y 2015, y sueldos adeudados del 25 de abril al 25 de mayo, del 8 al 20 de julio y del 25 de julio al 25 de agosto de 2013, y de las gestiones 2014 y 2015; en consecuencia, conminó al demandado Wilson Flores Zarate representante legal de la Constructora del País ANA S.R.L. (CODEPANA S.R.L.) a pagar a la actora Herminia Valdez Ortega, dentro del tercer día de ejecutoriada la sentencia y bajo conminatoria de Ley, el monto de liquidación que se detalla:
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